A partir de este jueves la prohibición de fumar sin excepciones en edificios públicos o privados con acceso público en la ciudad de Buenos Aires ya es ley. Por lo tanto, los lugares que cuenten con zonas específicas destinadas a fumadores tendrán 180 días corridos para adaptarse a la norma.
La iniciativa se elaboró sobre la base de proyectos presentados por los diputados, Martín Ocampo y Oscar Zago (PRO), Raúl Puy, Aníbal Ibarra (Diálogo por Buenos Aires) y Helio Rebot (PRO), quien también es autor de la Ley 1799, que inició el camino para lograr una ciudad 100 % libre de humo de tabaco.
En los fundamentos de la norma se explicó que "la modificación de la Ley 1799 sobre control de tabaco tiene por objeto proteger a la población de los efectos nocivos del humo del tabaco ambiental, prevenir en el inicio del consumo de cigarrillos, restarle socialización y uso, y disminuir el consumo en fumadores y que el cumplimiento dado por la población a la Ley 1799 demuestra que es un instrumento legal que recogió en su momento una demanda genuina de la sociedad".
En este sentido, el cambio impuesto tiende a continuar con el proceso iniciado con la prohibición de fumar en los transportes públicos, con pacífica aceptación social de la normativa, mediante la garantía de prohibición en los lugares públicos cerrados y los lugares de trabajo interiores con las limitaciones puesta a consideración en este instrumento normativo.
Igualmente, debieron contemplarse ciertas excepciones: en los clubes de fumadores sólo en las áreas específicas de degustación, en los centros de detención penal y/o contravencional y de internaciones de salud mental, priorizando en todos los caso la salud de los trabajadores asalariados pues la excepción en estos lugares rige dentro de los ámbitos en que estos últimos no desempeñen sus tareas.
Por otra parte, quedan prohibidos los anuncios publicitarios de productos elaborados con tabaco, ya sea para su venta, promoción, entrega u oferta en forma gratuita; y cualquiera fuera su mensaje, contenido, finalidad y consigna.
Asimismo, la norma establece que los espacios cerrados del ámbito privado que cuenten con zonas específicas destinadas para fumar habilitadas tendrán 180 días corridos para adaptarse a la nueva legislación.
En diálogo con adnciudad.com, Rebot señaló: "Buenos Aires se pone a la altura de las grandes capitales del mundo y a la cabeza de la lucha en Argentina contra las muertes evitables".


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