El juez de Villa La Angostura Jorge Videla intimó a Swiss Medical a cumplir con la entrega Nutrilon Pepti Junior He al hijo de una afiliada que la necesita para su alimentación según constancias médicas. Advirtió que en caso de incumplimiento aplicarás multas.
Videla hizo lugar a una medida cautelar que una afiliada de la prepaga había solicitado en un amparo que interpuso en el juzgado de Villa La Angostura contra Swiss Medical porque no le entrega la leche especial que necesita su hijo de acuerdo a las recomendaciones médicas.
Según la resolución judicial a la que tuvo acceso La Angostura Digital, el magistrado advirtió a la empresa de medicina prepaga que en caso de incumplimiento incurrirá “en desobediencia a una orden judicial” y aplicará astreintes (multa) “por cada día de retraso equivalente a 50% del valor del JUS”.
La madre presentó la acción de amparo a mediados de junio pasado. El juez declaró admisible el amparo el 18 de junio último “atento los términos de la demandad instaurada, en los términos de la Ley 1981, Ley 2302, Constitución Nacional y Convención de los Derechos del Niño”.
Luego, dispuso el traslado a la parte demandada y que tome intervención el Fiscal de Estado de la Provincia de Neuquén.
Respecto a la medida cautelar requerida, Videla sostuvo que estaban “cumplidos prima facie los requisitos (artículo 230 y c del CPCC) de verosimilitud del derecho en atención a estar acreditada la vinculación contractual de la peticionante y su hijo menor con la demandada por revestir el carácter afiliados de la misma”.
Señaló además que la amparista presentó “constancias médicas que prescriben la necesidad de la ingesta del niño de la leche en polvo formula hidrolizada proteica enzimática extensiva de proteínas de suero Nutrilon Pepti Junior He”.
Y sostuvo que “se ha acreditado el peligro en la demora en tanto se encuentran glosadas constancias que indican la patología médica que padece el niño con su consecuente peligro a su salud y probables consecuencias irreparables para su normal desarrollo”.
Por eso, dispuso “hacer lugar a la misma (por la cautelar), ordenando a la demandada a brindar en forma inmediata la cobertura íntegra al niño de la alimentación adecuada y prescripta médicamente, conforme documentación obrante en el proceso”.

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