Vecinos se comunicaron con este medio sorprendidos porque recibieron por primera vez una carta de AFIP.
Los contribuyentes reciben en su domicilio un carta del organismo recaudador con una clave, con la cual deberán ingresar a la página de AFIP y regularizar su situación. A partir del momento en que el contribuyente recibe la fiscalización electrónica tiene 10 días para cumplir la notificación.
El artículo 3º de la Resolución General Nº 3.416 reza que la persona deberá “acceder al servicio AFIP-
fiscalización electrónica, opción cumplimiento de requerimiento fiscal electrónico, disponible en el sitio web institucional (http:www.afip.gob.ar), ingresar el número de fiscalización electrónica y contestar en línea el requerimiento fiscal electrónico. Asimismo, podrá adjuntar -por la misma vía y en formato pdf- la prueba documental que considere oportuno presentar y que no se encuentre en poder de este organismo”.
Aquellos que fueron notificados y no respondieron sufrirán la suspensión de sus Claves Tributarias Unicas, hasta que normalice la situación.
Además, entre las multas está la posibilidad de que el organismo cambie el perfil del contribuyente, la exclusión de los registros especiales tributarios y de los registros fiscales de AFIP. Y caben las penas establecidas en la ley N§ 11.863, artículo 39.
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