Polémica reforma pretende hacer pagos los cargos ad honorem

Polémica reforma pretende hacer pagos los cargos ad honorem
El despacho estaba para ser tratado en la última sesión, pero por pedido de su propio autor se devolvió a las comisiones. Plantea que los consejeros perciban salario, cuando desde su creación han sido cargos ad honorem. También les confiere la facultad de crear su propia estructura de empleados, la que tenían vedada hasta el momento.
El despacho 160/2010 que emitieron las comisiones de Asuntos Constitucionales, Justicia, Seguridad, Peticiones, Poderes y Reglamento y de Legislación General de la Cámara de Diputados, da el visto favorable al proyecto de ley N° 097/2010, presentado por el diputado Osvaldo Mario De Santis, acompañado por Horacio Miguel, Jorge Arabel y Roberto Fernández modificando así el artículo 6 de la ley Nº 2.552, que reglamenta el funcionamiento del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz.

La modificación de dicho artículo establece las funciones del Consejo a las que se le agregó la posibilidad de “Designar y remover a su propio personal” al tiempo que también podrán “contratar profesionales por tiempo determinado para desarrollar tareas específicas”.

Por otra parte, se modifica el artículo 10 de la ley en lo que hace a las atribuciones del presidente del Consejo de la Magistratura, agregando como facultad “designar a los empleados del Consejo”.

Con salario

La modificación más polémica planteada por el diputado De Santis es sin duda la modificación del artículo 17 de la ley 2.552, el que plantea que “los miembros del Consejo percibirán una retribución en proporción al tiempo en que efectivamente desarrollen su tarea, conforme lo disponga la reglamentación.

El único consejero con derecho a remuneración por todo el tiempo de su mandato será el consejero electo por el pueblo” y agregan que “el cargo no será incompatible con la función que cualquiera de sus miembros ejerza en el sector público o privado. La asistencia a todas las sesiones es carga pública.”

Ratifican la posibilidad de designación de personal, cuestión que hasta ahora les estaba vedada indicando que “el Consejo de la Magistratura podrá designar al personal necesario para el cumplimiento de sus funciones, asignando el nivel remunerativo pertinente de acuerdo al escalafón del personal del Poder Judicial de la provincia de Santa Cruz; podrá asimismo contratar profesionales por tiempo determinado para tareas específicas, de conformidad a su reglamento.”

En la estructura del Consejo de la Magistratura se plantea la designación de un secretario permanente que será elegido por mayoría absoluta de sus miembros, que deberá ser argentino y abogado, cuya remuneración será determinada por el propio Consejo. A diferencia de los consejeros, el secretario sí tendrá vedado el ejercicio de su profesión mientras dure su designación a excepción de la docencia o la investigación.

El despacho, aprobado en plenario de Comisiones el 27 de mayo pasado, fue firmado por los diputados Miriam Aguiar, Héctor Billoni, Osvaldo De Santis, Alejandro Victoria, Daniel Pandolfi y Ana María Urricelqui.

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