La nota, que ingresó por mesa de entrada de la Cámara de Diputados a las 19,41 de este lunes, fue remitida por el subsecretario Legal y Técnico de la Gobernación, Pedro Augusto Miró. Fue presentada a través del expediente Nº 31/10, a través del cual remite fotocopia certificada del Decreto Nº 264/10 por el cual el Poder Ejecutivo convoca a la Cámara de Diputados de la provincia a Sesiones Extraordinarias para el día 18 de febrero de 2010 a las 10.
El gobierno provincial convocó a la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco a sesión extraordinaria para este 18 de febrero, a las 10, según lo previsto por el artículo 112 de la Constitución Provincial, a fin de tratar una serie de proyectos enviados por el Ejecutivo provincial. El decreto 264 firmado este lunes por el gobernador Jorge Capitanich y el ministro de Gobierno, Juan Manuel Pedrini, encuentra fundamento en la "necesidad impostergable en la implementación de medidas urgentes y de interés público".
"SIN PRISA PERO SIN PAUSA"
"El gobierno busca garantizar la institucionalidad, dando un salto de calidad en la designación de funcionarios previstos en la Constitución. Estamos sin prisa, pero sin pausa en todos estos proyectos, tratando que nuestra provincia tenga una designación de los funcionarios de acuerdo a la Carta Magna", precisó respecto a la convocatoria el subsecretario de Legal y Técnica, Pedro Miró. Además, el objetivo "es agilizar la cuestión económica, ya que estamos muy motivados en lo que es el movilizador del trabajo genuino, como lo es la obra pública". "Esperamos tener el acompañamiento en cuestiones de Estados, así que contamos con todo el apoyo de la Cámara en plenitud", destacó.
El gobierno provincial envió este lunes siete proyectos de leyes, pidiendo además en el tratamiento acotado a lo que solicita el Ejecutivo de otros cinco proyectos que existen ya en cartera. Estos, se refieren al nomenclador docente, el proyecto de titularización y dos vetos enviados con respecto a leyes sancionadas en la anterior sesión extraordinaria, que tienen que ver con el tarifario judicial y el tarifario del Poder Ejecutivo relativo principalmente al Ministerio de Gobierno.
Las novedades tienen que ver con dos proyectos "que hacen a la calidad institucional, compromisos del gobernador Capitanich durante la campaña proselitista". "Una la autolimitación que hace el Ejecutivo respecto a su facultad de nombrar al contador, sub contador, tesorero y sub tesorero general de la Provincia". "Los artículos 175 y 176 de la Constitución le dan esa facultad al gobernador, con dos tercios de la Cámara. El gobernador plantea este tema como una garantía, de calidad y transparencia, por eso va a haber concurso de antecedentes y oposición, siempre y cuando la ley salga", agregó Miró.
Además, "el tan largamente debatido proyecto de designación de los jueces del Superior Tribunal de Justicia, iniciativa que llevó a cabo la consulta del Ministerio de Gobierno con asociaciones de magistrados y abogados". "Seguramente es perfectible, pero queremos dar el debate en esta sesión para empezar a poner en la agenda legislativa esta cuestión", indicó el funcionario provincial.
Asimismo, un proyecto para modificar la ley que se aprobó en la anterior sesión extraordinaria respecto a la autorización ya otorgada por la Cámara de Diputados al Ejecutivo para contraer un empréstito por 420 millones de pesos para la construcción de viviendas, a través de la operatoria con la Anses. Además, un proyecto de capitalización de la empresa Sameep, respecto a los aportes ya hechos por el Poder Ejecutivo de dos años hacia atrás y los que tenga que hacer hacia delante.
Finalmente, la autarquía de la ATP y un impuesto a la transmisión gratuita de bienes: "Esperemos que todos estos temas se puedan tocar en esta sesión, más los vetos que planteamos, porque harán a la buena administración y sana recaudación que pretendemos seguir manteniendo en buen ritmo en 2010", concluyó.
SIETE NUEVOS PROYECTOS DE LEY PARA SU TRATAMIENTO
Uno de ellos, plantea una autorización al Poder Ejecutivo a aportar a Servicios de Agua y Mantenimiento Empresa del Estado Provincial (SAMEEP), en concepto de aumento de capital, la suma de 54.150.000 pesos.
Así, determina que el monto autorizado se compondrá por el valor otorgado a la Empresa SAMEEP en concepto de préstamos y aportes reintegrables, a través de los Decretos Nº 1027/2008, 1499/2008, 2755/2008, 386/2009 y 387/2009 habiéndose efectivizados un total de 29.000.000 de pesos. El remanente existente se realizará en ocho aportes mensuales a transferir durante el año en curso. El gasto emergente de lo dispuesto en la presente ley, deberá imputarse al presupuesto de la Jurisdicción 23: Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
JUECES DEL STJ
En cuanto a la designación de los jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el proyecto enviado por el Ejecutivo establece la "reglamentación del sistema de selección para la designación de jueces del Superior Tribunal de Justicia, Procurador y Procurador Adjunto". "Déjase establecida como finalidad última de los procedimientos adoptados, la preselección de candidatos para la cobertura de vacantes en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco en un marco de prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función", agrega la normativa.
Asimismo, se destaca que el Superior Tribunal de Justicia, dentro de los cinco días de producida una vacante del Miembro del Superior Tribunal de Justicia, Procurador o Procurador Adjunto, notificará al Consejo de la Magistratura para que éste convoque a concurso público de antecedentes y oposición. Recepcionada la notificación de la vacante, el Consejo de la Magistratura convocará públicamente a los interesados para su inscripción. El llamado deberá publicarse en un diario de circulación provincial, durante tres días y con no menos de diez días de anticipación a la fecha fijada para el cierre de inscripción, sin perjuicio de otras medidas que aseguren la debida difusión pública.
AUTARQUIA DE LA ATP
En cuanto a la autarquía de la Administración Tributaria Provincial (ATP) el proyecto en cuestión propicia que el organismo se regirá por la presente ley Nº 330 y sus modificatorias, el Código Tributario Provincial – DL 2444/62 y demás leyes que versan sobre la materia. A partir de la presente ley en el marco de la política tributaria que determine el Poder Ejecutivo, la Administración Tributaria funcionará como una entidad autárquica, en el orden administrativo, financiero y operativo, en lo que se refiere a su organización y funcionamiento con autonomía reglamentaria otorgada por esta ley. La relación del organismo autárquico creado por esta ley con el Poder Ejecutivo se hará a través del Ministerio de Economía, Industria y Empleo.
Otra de las iniciativas tiene que ver con la designación tesorero y contador general de la Provincia. El proyecto de Ley prevé la reglamentación del ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 175º y 176º de la Constitución Provincial al Poder Ejecutivo Provincial estableciendo los parámetros a tener en cuenta para una adecuada selección del candidato propuesto de modo que su designación contribuya de modo cierto a un efectivo mejoramiento del servicio público. Los mismos determinan que el Gobernador de la Provincia tiene la atribución de nombrar al Contador y Sub Contador General, Tesorero y Sub Tesorero General de la Provincia, con acuerdo de los dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados.
Por eso, se adopta para el ejercicio de la facultad concedida al Gobernador de la Provincia por los artículos 175º y 176º de la Constitución Provincial para el nombramiento de los funcionarios de la Contaduría General y Tesorería General el procedimiento establecido en el presente. Déjase establecida como finalidad última de los procedimientos adoptados, la preselección de candidatos para la cobertura de vacantes en Contaduría General y Tesorería General en un marco de prudencial respeto de buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus actitudes morales, idoneidad técnica y contable, trayectoria y compromiso con la defensa de los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función. Se llamará a concurso de antecedentes y oposición de los cargos mencionados en el artículo 1º para cubrir la vacante producida en el o los cargos mencionados en los artículos 175 y 176 de la Constitución Provincial.
VIVIENDAS
Finalmente, el proyecto para modificar el artículo 1º de la Ley Nº 6287, cuyo objeto consiste en autorizar al Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (IPDUV) a contraer endeudamiento con la Administración Nacional de la Seguridad Social, destinado a solventar la construcción de viviendas en el territorio provincial. La iniciativa "autoriza al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de 420.000.000 de pesos, o su equivalente en otras monedas".
"Dicho endeudamiento será contraído mediante la constitución de un fideicomiso financiero, para lo cual se faculta al Poder Ejecutivo a suscribir con Nación Fideicomisos S.A., en carácter de fiduciario, el contrato respectivo, debiendo asegurarse que el producido del financiamiento sea afectado, exclusivamente, a la ejecución de las obras indicadas en el artículo 2º de la presente ley y la devolución del crédito realizada según lo previsto en el artículo 3º de la ley", concluye.


Comentá la nota