Píparo: prisión perpetua para cinco acusados´

Píparo: prisión perpetua para cinco acusados´
Se trata de Carlos Moreno, Miguel "Pimienta" Silva, Luciano López, Juan Manuel Calvimonte y Carlos Jordán Juárez. Los otros dos imputados fueron absueltos.
Tres discusiones jurídicas saldadas en un fallo meduloso: la muerte del bebé Isidro como homicidio, la negligencia en la seguridad del banco Santander Río y la condena para cinco de los siete acusados por la salvaje salidera en la que Carolina fue baleada a quemarropa, estando embarazada de nueve meses.

Por unanimidad, la sentencia fue dictada los jueces del Tribunal en lo Crimina II de La Plata y recayó con pena de prisión perpetua para Carlos Moreno (20), Miguel "Pimienta" Silva (43), Luciano López (20), Juan Manuel Calvimonte (25) y Carlos Jordán Juárez (45).

El Tribunal sindicó a los condenados por los delitos de "tentativa de homicidio criminis causa" en perjuicio de Carolina, "homicidio criminis" causa por la muerte de su bebé Isidro y "robo calificado por el uso de arma con aptitud para disparo".

La sentencia estableció que el homicidio y la tentativa se cometieron para "preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar su resultado o procurar la impunidad”, en este caso el robo del dinero que Carolina había retirado del banco. El Tribunal no hizo lugar al pedido de asociación ilícita pedido además por el fiscal.

Ese fue el argumento que llevó a los jueces a disponer la absolución de Augusto Claramonte (44), acusado de aportar asesoramiento legal a la banda y que llegó al juicio oral en libertad y a Carlos Burgos (20), sindicado como el presunto autor del disparo, aunque luego Píparo reconoció a Moreno como el que la baleó en la salidera.

El veredicto también convalidó que Isidro Buzzali, el bebé que dio a luz por cesárea de emergencia Carolina Píparo tras ser baleada, fue asesinado y no se trató de un aborto como esgrimieron en el juicio las defensas de los acusados.

“Tuvo vida extrauterina y murió por las injurias infligidas a su madre. Tenía un desarrollo normal y las heridas que le provocaron a la madre le provocaron un compromiso fetal. Isidro fue lesionado a través del cuerpo de su madre”, sostuvo en su voto la jueza Silvia Edith Hoerr, al que adhirieron Liliana Elizabeth Torrisi y Claudio Joaquín Bernard.

Los jueces además citaron las declaraciones de los médicos que atendieron al bebé, destacando que “fue determinante la falta de oxígeno que comenzó a sufrir el bebé dentro del útero y que no había signos de muerte intraútero”.

El Tribunal dio por acreditado que Píparo fue baleada el 29 de julio de 2010 cuando con su madre, María Ema, retiró dinero de la sucursal del Banco Santander Río de 7 y 42, y se dirigió a su casa, en las calles 21 y 36.

Si bien reconoció que Moreno fue el autor del disparo que la hirió, aplicó en el fallo la teoría de la coautoría funcional, es decir la ejecución de un delito cometido conjuntamente por varias personas que participan voluntaria y conscientemente de acuerdo a una división de funciones de índole necesaria.

Por ello, le dictó a los cinco la misma condena y les imputó los mismos delitos, más allá de que Silva fue el que marcó a Carolina en el interior de la sucursal, Jordán Juárez era dueño de la camioneta usada en el hecho, Calvimonte reclutó la mano de obra y López quien conducía la moto con la que interceptaron a la mujer.

“Resulta indistinto quien efectúa el disparo dado el condominio y el acuerdo pleno para cometer el suceso criminoso. Ha quedado acreditado que Silva, Juárez, Calvimonte, López y Moreno acordaron concretar un robo y consintieron los medios -uso de arma de fuego en condiciones de ser disparada- y, de esa forma todos asumieron la posibilidad cierta de emplearla para asegurar sus resultados”, graficaron los jueces.

Píparo, que se abrazó a su marido y rompió en llanto tras escuchar la condena, aseguró estar “más que conforme con el fallo”, aunque aclaró que "la herida y la ausencia de Isidro no las cierra ninguna sentencia".

“Los jueces vieron el dolor que me causaron y que me siguen causando” los condenados a los que reprochó que “nunca hubo (de su parte) arrepentimiento. De hecho, vivieron el juicio de una manera relajada: charlaban o se dormían, hasta más relajados que yo”.

Su abogado, Fernando Burlando, se mostró conforme con el fallo y dijo que si bien “le brinda un poco de calma a Carolina, hay un vació que ninguna condena podrá llenar”, por la muerte de Isidro.

“En lo legal ha sido un fallo muy lineal, sólido. Me parece que ha respondido a todos los interrogantes que se quisieron tejer en el transcurso de estos años, se ha hablado bien del procedimiento, que fue atacado de una manera indiscriminada, y se han visto las bondades de la tecnología para luchar contra el delito”, sostuvo.

En la misma sintonía se pronunció también el fiscal del juicio, Marcelo Romero, quien calificó de “admirable” el fallo y adelantó que no apelará la absolución de Claramonte, para quien había pedido 15 años de prisión por considerarlo parte de la banda.

En el fallo, el Tribunal remitió actuaciones a la fiscalía en turno para que investigue la irregular actuación de la DDI La Matanza en la detención de Jordán Juárez y al Banco Central para que se investigue la posible infracción de las normas que rigen la seguridad bancaria.

“El bebé de Píparo era una vida que se cercenó”

“Isidro no era esperanza, era una vida ya en actividad que se cercenó como consecuencia de las injurias padecidas por su madre", afirmaron en la sentencia los jueces que condenaron a prisión perpetua a cinco de los acusados por la salidera bancaria de la que fue víctima Carolina Píparo y concluyeron que "la figura que cabe no puede ser otra que la del homicidio".

Esa fue parte del argumento que expuso ayer el Tribunal en lo Criminal II que consideró como un homicidio la muerte del bebé que gestaba Píparo, que nació tras una cesárea de urgencia y murió una semana después.

“No ha quedado duda alguna respecto al nexo causal existente entre la injuria sufrida por Carolina Píparo y la muerte de su hijo Isidro Buzali“, detallaron los jueces, validando el argumento del fiscal Marcelo Romero (foto)

Los magistrados hicieron referencia a los médicos que declararon durante el juicio y que reconocieron sin resquicio de incertidumbre que el nacimiento de Isidro con una severa hipoxia lo fue como consecuencia exclusiva y excluyente de la herida perforante del pulmón recibida por su madre.

Agregaron también que el médico que realizó la autopsia del bebé constató que la lesión recibida por la madre causó una cascada de eventos fisiológicos que produjeron insuficiencia eteroplacentaria comprometiendo la vitalidad fetal y obligando al equipo médico a fin de intentar salvar la vida del bebé a practicar extracción fetal urgente.

“No han dejado resquicio para la duda los profesionales al momento de afirmar que Isidro Buzali nació, tuvo existencia como persona desde el punto de vista biológico y desde el punto de vista jurídico”, aseguraron.

El banco “no brindó cuidado y protección” a Carolina

El Tribunal en lo Criminal II de La Plata manifestó ayer en la sentencia que "resulta a todas luces evidente y palpable que la entidad bancaria a la que concurrió Carolina Píparo a retirar su dinero el 29 de julio de 2010, no le brindó el más mínimo cuidado y protección".

"De la filmación presenciada durante el desarrollo de las audiencias y del testimonio aportado por los empleados administrativos y de seguridad del banco es dable advertir el poco compromiso de quienes tenían a su cargo la alta responsabilidad de velar por el cuidado de sus clientes", sostuvieron los jueces.

Dijeron que a Carolina le entregaron "sumas de dinero sin observar a las demás personas que se hallaban dentro del local y que no realizaban operatoria alguna, deambulando por el interior del mismo sin ninguna razón lógica que justificara esa presencia". "La sociedad y sus instituciones deben velar por la seguridad de todos y cada uno de sus miembros, con una responsabilidad insoslayable", afirmó el tribunal –integrado por los jueces Hoerr, Bernard y Torrisi-, durante la lectura del veredicto que condenó a prisión perpetua a cinco de los siete acusados de la salidera bancario y liberó a otros dos.

Más allá de este proceso que culminó ayer en sentencia en la justicia penal, la familia Píparo entabló una demanda en el fuero civil y comercial contra el Banco. Según se informó, la entidad crediticia ya propuso un monto en concepto de reparación del daño causado.

Tres años preso, y ahora libre, Burgos: “limpien mi imagen”

El detenido de las mil caras quedó libre. Se pasó todo el juicio haciendo gestos entre raros y amenazantes a los fotógrafos. Y ayer, hasta se quedó dormido durante la lectura del fallo. Se trata de Carlos Burgos, uno de los acusados de participar de la salidera bancaria de la que fue víctima Carolina Píparo y que ayer fue uno de los dos imputados absueltos por el Tribunal en lo Criminal II. Al finalizar la audiencia, Burgos aseveró que le gustaría que quienes lo involucraron en la causa, ahora "limpien" su imagen.

"Así como me ensuciaron, que me limpien, porque yo fui inocente desde un principio", manifestó tras su absolución.

Burgos, quien recuperó ayer a la tarde la libertad tras permanecer casi tres años detenido, le pidió a Píparo “que sea fuerte y que siga para adelante” y agradeció a sus familiares con quienes dijo que empezará "una nueva vida”.

"La cárcel fue un infierno, pero se demostró que soy inocente. Siempre fui con la frente bien alta", dijo tras salir de los tribunales de 8 y 56.

Su abogado, Rubén Carrazone, calificó como “justo” el fallo que absolvió a Burgos de la salidera en la que fue víctima Píparo y en otra ocurrida en La Plata por la que también estaba siendo juzgado.

El letrado agradeció también al Tribunal por dejarlo "trabajar y demostrar que Burgos no tuvo nada que ver con esto" y dijo que la policía “lo involucró porque en un primer momento necesitaban un detenido”.

Burgos llegó al juicio oral sindicado como el autor del disparo que hirió a Píparo, aunque luego la mujer reconoció a Carlos Moreno como el delincuente que la baleó para robarle el dinero que extrajo de una sucursal bancaria.

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