La gran mayoría de las multas es por no tener la documentación de los rodados. Si un motociclista circula sin casco, no se le cobra la multa si presenta la factura de compra de uno nuevo.
General Pico (Agencia) El Juzgado Municipal de Faltas tramitó 24.700 infracciones durante el año 2016, de las cuales personal municipal y policial labró en un gran porcentaje por falta de documentación a motociclistas y automovilistas. Destacan que se redujo la cantidad de multas por exceso de velocidad en el casco urbano.
El juez de Faltas del municipio local, Gerardo Rossi Ferrari, reveló algunos números de su gestión en el año 2016 y reconoció que se incrementó el número de infracciones “en virtud del mayor control que hay”.
El funcionario municipal indicó que a su dependencia ingresaron “24.700 infracciones en 2016, algunas de las cuales terminaron en multas y otras en absolución o archivo”. También indicó que se retuvieron 3.300 rodados, entre autos y motos.
Rossi Ferrari explicó que “en líneas generales las infracciones que cometen los automovilistas y los motociclistas tiene que ver con la falta de documentación, en menor medida las faltas de circulación, mal estacionamiento, semáforo en rojo, mal estacionado, pero la gran mayoría es porque no portan la documentación obligatoria”.
La publicación de videos con desmedidos operativos policiales que terminaban en la demora de conductores en infracción, desde el municipio se dispuso ser un poco más contemplativo con los infractores. En el caso concreto de la falta de documentación, el juez de Faltas señaló que “el área de control, que es la Policía o los inspectores municipales, tienen una cierta flexibilidad y ha pasado casos donde fueron a buscar la documentación. Son flexibilizaciones que se hacen porque es una ciudad chica, en ciudades grandes no se puede hacer, tienen que andar con todos los documentos encima”.
Cascos
Otro tipo de infracción que se flexibilizó para evitar el pago de la multa es la falta de casco protector. En este caso, Rossi Ferrari señaló que “la persona que cometió una infracción por falta de casco y no es reincidente, en vez de cobrarle la multa se le perdona con la condición de que presente la factura de compra de un casco nuevo”.
Explicó en tal sentido que “esas son medidas que uno puede tomar de acuerdo a la Ley de Tránsito, que permite en el art. 88 conmutar penas o sustituir una pena por otra. Con esto tratamos que la persona no vuelva a cometer este tipo de infracción porque ya tiene el casco. Es por única vez y para aquellos que no son reincidentes”, insistió.
Aunque el Juzgado carece de una estadística que lo demuestre de forma certera, el funcionario afirmó que disminuyó notablemente la cantidad de infracciones realizadas a través del radar móvil.
Rossi Ferrari señaló al respecto que “son muy pocos los que exceden demasiado la velocidad máxima”. Y explicó: “El cinemómetro está calibrado para que la infracción empiece a correr como infracción a partir de los 48 km por hora, por lo tanto la mayoría anda en ese rango y son pocos los que andan a 60 o 70 km por hora en el ejido urbano, donde está permitido hasta 40 km”.
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