El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal contra una sentencia de ese mismo tribunal que había rechazado una acción de amparo del abogado Rubén Esquivel por la pesificación por parte del Gobierno chaqueño de una deuda contraída en dólares.
La resolución a la que tuvo acceso CHACO DIA POR DIA, está fechada el 15 de agosto último, y lleva las firmas de los ministros Alberto Modi, Ramón Avalos y María Luisa Lucas, en el marco del expediente Nº 73701/12 caratulado “Esquivel, Rubén Héctor S/Acción de Amparo”.
Los magistrados consideraron que el escrito no satisfizo el requisito de “adecuada fundamentación” advirtiendo que “sólo desarrolla un criterio discrepante con la interpretación y aplicación de las normas referidas al sub-lite, limitándose a disentir con las conclusiones del decisorio, careciendo de una crítica concreta y razonada de cada uno y de todos los argumentos esenciales del pronunciamiento, a los que no rebate con suficiencia técnica que permita conocer -por su propia virtualidad- la materia constitucional que se encuentra en discusión limitándose a hacer referencias genéricas sin relación a los términos expresos de la sentencia, lo cual debe ser requerido con mayor celo, como ha enseñado la Corte Suprema”.
Algunos de los fundamentos del bonista
En su presentación, el bonista consideró que la sentencia que rechazó la acción de amparo fue “arbitraria y violatoria de los derechos de igualdad ante la ley, propiedad, debido proceso y defensa en juicio”. Asimismo, sostuvo que el fallo del STJ convalidó “la vía de hecho actuada por el poder Ejecutivo sin que medie una situación de impronta urgencia” cuando pesificó las obligaciones emergentes de los Bonos de Saneamiento Garantizado (BOSAGAR) emitidos en dólares de acuerdo a dos decretos de los años 2006 y 2007. El abogado también cuestionó que la “pesificación” se haya realizado a la cotización oficial de la moneda estadounidense.
Además, el demandante afirmó que la medida fue adoptada por el Ejecutivo cuando no existía emergencia cambiaria sino disposiciones del Banco Central que limitaban la adquisición de dólares EEUU para atesoramiento, que “nada tenía que ver con el pago de los BOSAGAR”. Asimismo, alegó que “es la Provincia del Chaco la que debió cuestionar las normas del Banco Central que no le permitían adquirir los dólares necesarios para atender el pago de los mismos”.
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