A pesar de las restricciones, financieras continúan cobrando intereses usurarios

A pesar de las restricciones, financieras continúan cobrando intereses usurarios
Además, evitan dar información y sólo la brindan a potenciales clientes, contra exhibición del DNI y del recibo de sueldo.
Pese a la vigencia de los decretos 636 y 637/12 que establecen límites a la actividad de las entidades financieras, se siguen cobrando intereses usurarios para el otorgamiento de estos créditos. En promedio, el cliente termina devolviendo más del doble del monto de dinero que le fue facilitado.

Por ejemplo, si el potencial usuario solicita que le extiendan $5.000, esto se le ofrecerá contra la devolución de 9 cuotas de $1.178, con lo que terminaría reembolsando un total de $10.602, lo que representa más del 100% en intereses.

De esta manera, se violan claramente los términos de los decretos rubricados por la gobernadora Lucía Corpacci a mediados de 2012, los cuales buscaban regularizar e imponer límites a la usura.

En estos instrumentos se establece que la tasa máxima de recupero de créditos deberá ser del 7%, entendiendo como “excesiva, abusiva y desproporcionada” cualquier tasa que supere el límite que informa mensualmente el Banco de la Nación Argentina para operaciones de préstamos personales.

Ese porcentaje es considerado como CFT (Costo Financiero Total) o tasa efectiva anual incluyendo el interés (compensatorios, resarcitorios o punitorios), gastos administrativos, cargos impuestos y otras erogaciones por cualquier otro concepto.

El decreto argumenta que la usura, tipificada penalmente, constituye un “engaño realizado a efecto en el tráfico económico de cambio; la apropiación de un plusvalor económico sin contraprestación paritaria”. Además, cita el artículo 57 de la Constitución Provincial, que prescribe que la usura y la especulación deberán ser severamente reprimidas dentro del territorio provincial.

Precaución

Desde la puesta en vigencia del decreto de regulación de la usura, y especialmente desde el anuncio de la realización de las inspecciones llevadas a cabo entre la Dirección de Comercio y la Dirección de Cooperativas y Entidades Intermedias, algunas casas de préstamo cesaron temporalmente sus actividades, mientras que otras se mudaron a otros rubros y espacios físicos.

Las que sostienen sus actividades en el préstamo de dinero exhiben gran precaución a la hora de ofrecer detalles sobre su oferta de servicios. Prácticamente, no brindan información telefónica, forzando a que el potencial cliente se presente en sus oficinas exhibiendo su DNI y recibo de sueldo, con la excusa de tener que ingresar esos datos en el sistema informático para hacer una oferta de acuerdo a las posibilidades de endeudamiento del interesado.

Así, claramente evitan intromisiones sobre su actividad, dejando al necesitado cliente a expensas de sus urgencias. De una u otra manera, se las ingenian para evitar respetar los términos de la normativa vigente.

112 por ciento

Si un potencial cliente de estas entidades de crédito solicita $5.000, deberá devolverlo en 9 cuotas de $1.178 cada una. Las financieras ofrecen la licencia de realizar el primer pago a los 60 días. No obstante, habrán obtenido un 112,04% del monto que facilitaron.

El decreto

Los Decretos Acuerdo 636 y 637, que datan de mayo de 2012, son las herramientas que limitan y castigan las acciones potencialmente usurarias de organizaciones mutualistas y entidades financieras.

Los instrumentos crean topes para las tasas de recupero de créditos y los descuentos sobre el haber mensual neto de quien toma el préstamo. Además, califican como “usurarias” a las entidades que superen la tasa de recupero allí estipuladas. También se crea el Comité de Erradicación de la Usura, presidido por el ministro de Hacienda, Ricardo Aredes.

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