Las personas trans podrán acceder a la salud integral

Las personas trans podrán acceder a la salud integral

Desde ahora, las intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales para adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Para acceder a intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales para adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida no es necesario tener autorización judicial ni administrativa. Así lo establece el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, que acaba de ser reglamentado y publicado en el Boletín Oficial. 

A partir de ahora las prestaciones médicas serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto significa que los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados tendrán que incorporarlas a sus coberturas. 

“La vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”, define la Ley de Identidad que, desde ahora, se pondrá en práctica en forma integral. El sistema de salud público, las obras sociales y prepagas deberán garantizar en forma permanente los derechos reconocidos por la ley.

 A través del decreto 903/2015 faculta al Ministerio de Salud para dictar las normas complementarias y aclaratorias que se necesiten para la aplicación. También dice que los gastos necesarios saldrán del presupuesto anual del mismo Ministerio. También se deberá coordinar un programa de capacitación, actualización y sensibilización para los profesionales de la salud del sub sector público, para dar respuesta al abordaje integral de la salud y a las intervenciones y tratamientos. Y a la par deberán realizarse campañas de información para promover la salud integral a través del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación responsable.

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