Parodi evadió controles judiciales para embargar cuentas a El Tribuno

Parodi evadió controles judiciales para embargar cuentas a El Tribuno

En tiempo récord trabó las operaciones bancarias de este medio y no pagó ni las tasas de Justicia ante la Dirección de Rentas de la Provincia.

Como otra prueba de la impunidad que ostenta el ministro de Economía Carlos Parodi para manipular la libertad de expresión en la provincia, se conoció en las últimas horas que el insólito embargo que el funcionario obtuvo sobre las cuentas bancarias de El Tribuno, no cumple con las normas fiscales ni previsionales que la ley exige en este tipo de procesos.

Parodi había recurrido a la Justicia luego de una serie de publicaciones realizadas por este medio en relación al manejo de las cuentas públicas y viajes al exterior. En la presentación judicial el funcionario logró, en el plazo récord de 24 horas, una medida cautelar millonaria, consistente en el embargo de cuentas en diversos bancos a Horizontes SA, propietaria de El Tribuno, contra todo derecho.

La medida fue ordenada por un magistrado subrogante, Leonardo Rubén Aranibar, en contra de lo dispuesto por la legislación vigente como asimismo la unánime doctrina y jurisprudencia existente al respecto.

Pero ello no es todo ya que lo trascendente es que el embargante -burlando los controles judiciales- presentó una demanda sumaria y simultáneamente tramitó embargo preventivo, sin cumplimentar las normativas fiscales y previsionales. Esto quiere decir que el ministro Parodi, incurrió en un flagrante incumplimiento fiscal, al no haber ingresado ni un centavo en concepto de tasa de Justicia, la que debió haber pagado en la Dirección General de Rentas de la Provincia, organismo dependiente de su ministerio. Con esta otra irregularidad, en modo alguno la Justicia debió haber dado curso a sus peticiones, según indicaron fuentes judiciales consultadas al respecto.

Claramente las exigencias fiscales que contempla el Código Fiscal, resultan obligatorias para todas las personas sin excepción, pero la dispensa que se otorgó el ministro Parodi resulta inadmisible y compromete a los funcionarios judiciales actuantes, en una clara vulneración de derechos constitucionales.

La insólita medida cautelar produjo cuantiosos perjuicios a la empresa embargada, obstaculizando la liquidación de sueldos al personal del diario, pagos a proveedores y la cobertura de cheques librados a terceros, planes de pago y todo tipo de obligaciones relacionadas con su funcionamiento. Los curiosos ribetes de la medida, evidencian estar destinados a afectar económicamente a este medio, amordazando su labor informativa sobre el desempeño de las funciones estatales y el uso de los fondos públicos que involucran directamente al titular de la cartera de Economía.

Los oficios que Araníbar firmó como magistrado interino del Juzgado Civil y Comercial de Primera Nominación habían sido notificado a los bancos Macro, Francés, HSBC y Masventas horas antes de ingresar a cuentas de Horizontes una liquidación de la Secretaría de Hacienda, por $558.696, en pago por varios meses atrasados de publicidad oficial. Esta resultó una coincidencia más que curiosa ya que Parodi, como ministro de Economía, tenía pleno conocimiento y dominio sobre ese pago que fue inmediatamente embargado.

Un absoluto repudio de Adepa

Tras el fallo en primera instancia de Araníbar, otras acreditaciones posteriores que ingresaron a las cuentas sufrieron la misma suerte, extendiéndose sus efectos a los otros bancos. El juez ordenó la medida y horas después abandonó su interinato al frente de juzgado Civil y Comercial de Primera Nominación. Horas después de conocida la medida contra diario El Tribuno la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) repudió el insólito embargo y alertó sobre lo establecido en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para el pleno desenvolvimiento de una verdadera libertad de prensa. En el parte la entidad fue muy clara a la hora de realizar una férrea defensa a la libertad de prensa y en uno de los párrafos asegura que "ante la inusual medida judicial, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas advierte que la tutela judicial de derechos presuntamente vulnerados a través de una publicación en un medio de prensa, en ningún modo debe traducirse en ataques expresos o encubiertos a la libertad de expresión"

Para los funcionarios

En la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el punto 11 plantea que "los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad" y el punto 13 establece que las "presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión".

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