Durante los últimos días el Papa Francisco ha inundado todos los medios gráficos y audiovisuales del país y del mundo. Los argentinos nos hemos sentidos abrumados por la cantidad de referencias religiosas, políticas y de toda índole, alrededor de la figura del nuevo Papa.
Hay quienes se sienten molestos porque el Papa, siendo arzobispo de Buenos Aires, no alentó el matrimonio igualitario o el aborto gratuito, como si se pudiera esperar otra cosa de un religioso católico.
Otros, con mayor criterio, han señalado que el cardenal Bergoglio no participó activamente junto a las organizaciones de DDHH y siendo presidente de la Conferencia Episcopal desaprovechó la oportunidad de realizar una autocrítica sobre al actuación de la jerarquía eclesiástica durante la dictadura (autocrítica que sí se animó a realizar el Gral Balza, por ejemplo).
En fin, como se observa el tema es muy amplio y controvertido. Por eso es lógico y lícito que existan posturas disímiles.
Pero me quiero referir en particular a si la asunción de Francisco puede tener efectos sobre Suramérica y sobre Argentina. Nadie duda de que Juan Pablo II puso a Polonia en una vidriera.
Y no podemos negar que Argentina es hoy un punto referencial con motivo de la designación de Francisco.
Pero en este caso quiero referirme a una circunstancia especial que afecta a nuestra Provincia y adquiere un significado especial. Porque más allá de los beneficios o efectos de un Papa argentino y latinoamericano y su importancia para la región, hay una circunstancia particular que nos incumbe particularmente a los fueguinos y que aún no ha sido valorada.
Primero quiero recordar que existe un Concordato entre nuestro país y la Iglesia Católica (el estado del Vaticano), del año 1966 que tiene, como todo tratado internacional, carácter constitucional.
Transcribo una pequeña síntesis del Concordato y su significado:
“El patronato es el derecho de participación del Estado en la creación de diócesis y designación de sus titulares.
El Patronato fue concedido por la Santa Sede a la corona española, facultándola a crear diócesis y designar obispos en las nuevas tierras conquistadas. Como antecedentes podemos mencionar: la bula Inter Caetera del papa Alejandro VI, de 1493 y la bula Universales Ecclesiae del Papa Julio II de 1508. El Patronato fue heredado y continuado por los gobiernos republicanos, así como también considerado en la Constitución de 1853.
Este sistema fue variando a través de los años, hasta que, el 10 de octubre de 1966, se celebró un acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Argentino, llamado concordato, que fue ratificado por ley 17.032 del 23 de noviembre de 1966. Se pasa del sistema de Patronato al Concordato, figura que rechaza la interferencia del poder civil en los asuntos del clero y que le da a la Iglesia una libertad de acción mayor que la que tenía hasta ese momento.
El acuerdo tiende a asegurar a la Iglesia Católica la libertad necesaria para el cumpli-miento de su alta misión espiritual, dando así satisfacción al pedido del Concilio Vaticano II.
El acuerdo establece que la Santa Sede podrá erigir nuevas circunscripciones eclesiásticas, así como también fijar sus límites o suprimirlas. Sólo debe comunicar confidencialmente al Gobierno sus intenciones y proyectos a fin de conocer de éste si tiene observaciones legítimas, exceptuando el caso de mínimas rectificaciones territoriales requeridas por el bien de las almas.
También fija el acuerdo que el nombramiento de los arzobispos y obispos será ahora competencia de la Santa Sede y que, antes de proceder a su nombramiento, comunicará al Gobierno argentino el nombre de la persona elegida para conocer si existen objeciones de carácter político general en contra de la misma”.
La Provincia de Tierra del Fuego es la única provincia Argentina que no tiene una diócesis propia. Es decir, está bajo la jurisdicción de la diócesis de Río Gallegos.
¿Saben por qué?
Porque los últimos Papas, cuando ya existía nuestra Provincia, no acordaron con los gobiernos nacionales o no pudieron acordar sobre erigir nuevas circunscripciones eclesiásticas, así como también fijar sus límites. El vaticano se negaba a incluir dentro de los límites a la totalidad de la Provincia. Es decir diócesis de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Y los gobiernos argentinos tenían y tienen, como señala y lo habilita el Concordato observaciones legítimas, sobre los límites de la jurisdicción.
Ya es hora, para católicos y no católicos, creyentes y no creyentes, de que Tierra del Fuego, tenga su Catedral y su propio Obispo. Esto, más allá de las repercusiones religiosas, tiene carácter institucional, histórico y cultural.
Francisco tiene la oportunidad de corregir esta injusta discriminación y designando un obispo y estableciendo la nueva diócesis de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Más allá de las implicancias religiosas, que son importantes especialmente para los católicos fueguinos, para todos, solicitar una diócesis, será una manera sutil, de hacer soberanía.

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