Palos de golf, peces vivos, patines de hielo: todas las importaciones que el gobierno empieza a controlar

Palos de golf, peces vivos, patines de hielo: todas las importaciones que el gobierno empieza a controlar

La Secretaría de Comercio publicó el listado de bienes a los que se les suprimen las licencias automáticas de importación.

La Secretaría de Comercio dispuso la supresión de una serie de licencias de importación de bienes que "no representan necesidad ni urgencia para su ingreso al país". La medida se instrumentó a través de la resolución 26/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial, que modifica y deroga anexos de la resolución de 2017, que en su momento estableció un régimen de "tramitación de Licencias Automáticas y No Automáticas de Importación para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) con destinación de importación definitiva para consumo".

El anexo de 97 páginas de la nueva norma actualiza la nómina de productos alcanzados por las licencias no automáticas, en base al criterio de la Secretaría de que "resulta pertinente señalar que elementos como hidrolavadoras, palos de golf, skies y patines de hielo, son algunas de las licencias que ameritan el cambio propiciado en la presente resolución". 

"Esta nueva regulación apunta a fortalecer las operaciones de importación que requieren los sectores productivos para sostener y/o aumentar los niveles de producción y de empleo", señaló la repartición a cargo de Matías Tombolini, luego de receptar los pedidos que en ese sentido realizaron representantes de diferentes cámaras empresarias.

Comercio sostuvo en los considerandos de la medida que "la instrumentación de un Sistema de Licencias de Importación, en tanto provee de información estadística en niveles generales y particulares que permite identificar comportamientos disruptivos del comercio exterior, resulta una herramienta clave para la gestión de la política comercial externa con miras al desarrollo productivo nacional y acorde al contexto actual de las relaciones comerciales internacionales".

"A partir del análisis de la actual situación económica y productiva, se estima que existen innumerables Licencias para la Importación que no representan necesidad ni urgencia para su ingreso al país", completa la resolución.

El 5 de julio de 2017 el ex Ministerio de Producción estableció un régimen de tramitación de Licencias Automáticas y No Automáticas de Importación para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur con destinación de importación definitiva para consumo. En ese contexto, se determinó que las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur individualizadas en el Anexos II de la citada resolución, estarán sujetas a la tramitación de Licencias de Importación de tipo “No Automáticas”.

"La instrumentación de un Sistema de Licencias de Importación, en tanto provee de información estadística en niveles generales y particulares que permite identificar comportamientos disruptivos del comercio exterior, resulta una herramienta clave para la gestión de la política comercial externa con miras al desarrollo productivo nacional y acorde al contexto actual de las relaciones comerciales internacionales", señala el informe. 

Algunos ejemplos

  • Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos.
  • Peces vivos.
  • Peces ornamentales.
  • Atunes, listados y bonitos (Sarda).
  • Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol.; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.
  • Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales.
  • Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor
  • Ácido nítrico.
  • Tejidos de lana, afieltrados, con trama mezclada exclusivamente con fibras sintéticas y urdimbre exclusivamente de algodón, aptos para la fabricación de pelotas de tenis.
  • Tejidos de pelo ordinario o de crin.
  • Redes de mallas anudadas, en paño o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes; redes confeccionadas para la pesca y demás redes confeccionadas, de
  • materia textil.
  • Alfombras llamadas «Kelim» o «Kilim», «Schumacks» o «Soumak», «Karamanie» y alfombras similares tejidas a mano.
  • Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para hombres o niños.
  • Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos.
  • Paraguas, sombrillas y quitasoles (incluidos los paraguas bastón, los quitasoles toldo y artículos similares).
  • Pieles y demás partes de ave con sus plumas o plumón; plumas, partes de plumas, plumón y artículos de estas materias, y los cañones y astiles de plumas, trabajados.
  • Bisutería.
  • Alambre de púas, de hierro o acero; alambre (simple o doble) y fleje, torcidos, incluso con púas, de hierro o acero, de los tipos utilizados para cercar. 
  • Anclas, rezones y sus partes, de fundición, hierro o acero.
  • Sierras de mano.
  • Navajas y máquinas de afeitar y sus hojas (incluidos los esbozos en fleje).
  • Cucharas, tenedores, cucharones, espumaderas, palas para tarta, cuchillos para pescado o manteca (mantequilla)*, pinzas para azúcar y artículos similares.
  • Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica.
  • Reactores nucleares.
  • Máquinas y aparatos para la separación isotópica, y sus partes.
  • Elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar.
  • Partes de reactores nucleares.
  • Calderas para calefacción central.
  • Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión).
  • Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores.
  • Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.
  • Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37
  • Circuitos electrónicos integrados.
  • Desperdicios y desechos de acumuladores eléctricos de plomo; acumuladores eléctricos de plomo, inservibles
  • Tractores de un solo eje 14 BK 7,50
  • Tractores de carretera para semirremolques
  • Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de personas (excepto los de la partida 87.02), incluidos los del tipo familiar («break» o «station wagon») y los de carreras.
  • Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocípedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin él; sidecares.
  • Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor.
  • Embarcaciones inflables 20 8,00
  • Barcos de vela, incluso con motor auxiliar 20 8,00

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