Tres jueces de cámara de Chubut se excusaron de actuar en una causa en la que es parte el Estado Provincial, al considerar que se han "constituido en acreedores de la Provincia del Chubut", como consecuencia del célebre Pacto de Fontana al 50, con el que se pretendió resolver extrajudicialmente un reclamo salarial planteado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales.
"Advirtiendo que en autos es demandada la Provincia del Chubut, corresponde que los suscriptos se aparten del conocimiento de la presente causa. Ello así, toda vez que: a) El Estado provincial ha reconocido expresamente la deuda que mantiene con respecto a todos los magistrados y funcionarios de la Provincia del Chubut, equivalente al 40% de la remuneración bruta a calcular a partir de la interposición por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia del Chubut de la demanda de amparo enderezada a lograr la preservación de la garantía constitucional de intangibilidad según parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia Nacional", expresan los camaristas en los fundamentos de su apartamiento de la causa.
Reseñan después que "por sentencia interlocutoria de la Secretaría de Recursos Ordinarios Nro. 39/12 del S.T.J.Ch., que fuera dictada en los autos caratulados: "Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chubut c/ Provincia del Chubut s/ acción de amparo" (Expte. 22081 - Año 2010), se homologó un acuerdo transaccional mediante el cual se concreta el reconocimiento de deuda aludido- por el cual se estableció un cronograma de pagos de mentado crédito allí reconocido contemplándose quitas y esperas".
"El mentado acuerdo transaccional se encuentra a la fecha incumplido", dice el comienzo del tramo seguramente más conmovedor de la resolución. Los jueces subrayan que a pesar de que "dicho incumplimiento data ya desde el 20 de agosto del corriente año (...) debe señalarse que se mantuvo una razonable expectativa respecto del posible cumplimiento", una esperanza que "se basa no sólo en que es deseable pensar que el Estado representado por la máxima autoridad del Poder Ejecutivo, acompañada por el Fiscal de Estado y el Ministro de Gobierno y Justicia, habría de honrar su palabra". El público aquí ya lagrimea ante tanta tristeza, debería acotarse.
"Esto último impuso la necesaria prudencia y paciencia que debían informar el carácter restrictivo con el cual corresponde estimar las causales de apartamiento que se presentan", destacan los camaristas luego. "Por ello, hoy, estimamos, como indudable que tal incumplimiento se encuentra absolutamente concretado (y) Ello implica que, a la fecha, nos hemos constituido en acreedores de la Provincia del Chubut por el crédito reconocido, el cual se encuentra pendiente de pago", subrayan a continuación.
"En consecuencia, nos encontramos comprendidos en la causal prevista en el art. 17 inciso 4º del C.P.C.C.. A ello se suma la violencia moral que provoca a los suscriptos conocer y decidir en conflictos en los que se encuentre involucrada la Provincia del Chubut, lo cual nos impone apartarnos por motivos graves de decoro y delicadeza", expresan delicadamente en el párrafo final del decisorio.
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