El Estado chaqueño deberá indemnizar con más de 100 mil pesos, más intereses, a una familia de escasos recursos de Presidencia Roca. Fue tras un fallo en segunda instancia por un caso de mala praxis que derivó en la muerte de una beba de un año y medio, ocurrida en 2003.
La sentencia está fechada 11 de junio último y lleva la firma de los jueces María Teresa Varela y Antonio Carlos Mondino de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
En la parte resolutiva decide revocar el fallo de primera instancia que había rechazado la demanda de los familiares de la beba fallecida y obligó al Estado a resarcir a la familia con $100.300, más intereses a recalcular, en concepto de daños y perjuicios.
Este es el segundo fallo en contra del Estado en dos meses por hechos de mala praxis ocurridos en el servicio de Salud Pública.
El 4 julio pasado el Superior Tribunal de Justicia había confirmado una sentencia civil por otro caso ocurrido en 2005, por la muerte de otra beba en el Pediátrico.
En aquella oportunidad la niña falleció luego de vomitar sangre durante varios días por la ingesta de un hueso de pollo.
Los médicos le habían diagnosti-cado problemas de dentición. De acuerdo a la sentencia, todo se originó el 3 de febrero de 2003, cuando Gladis Benitez llevó a Lucia Dlugapolski, de un año y dos meses, al hospital de Presidencia Roca.
Fue atendida por el médico Raúl Almirón a quien le comentó que la pequeña presentaba vómitos y diarrea desde hacía dos días. Almirón la examinó y consideró que no presenta sintomatología de gravedad.
Le indicó antibióticos, sales de rehidratación oral y unas gotitas de paracetamol. Dos días después, por la mañana, la madre volvió con Lucía al Hospital.
La beba no mejoraba y estaba muy decaída. Ahí se decidió la internación de la niña junto a su madre. Durante 36 horas el tratamiento suministrado a la bebé cambió dos veces.
Al ver que no mejoraba, se decidió trasladar a Lucía al hospital de la localidad de San Martín. Murió en la ambulancia, presumiblemente de una broncoaspiración de vómito (paso de sustancia líquida de la faringe a la traquea).
En la causa, los familiares de la beba denunciaron que el médico demandado, como tratante y Director del Hospital, así como la institución accionada en cuanto prestadora del servicio, “incurrieron en diversas actitudes, omisiones, deficiencias y retardos que se manifiestan como conductas negligentes o imperitas que han consumado la falta médica”.
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