La otra cara del Estado empleador

La planta informal del Estado provincial incluye a personas que se desempeñan en las escuelas y que cobran con planes nacionales (Jefes de Hogar, Programa de Empleo Comunitario, Seguro de Capacitación y Empleo). Por tanto, no pueden rendir los concursos para acceder a la planta de la Administración Pública.
La franja excluida de los concursos también comprende a agentes contratados que se desempeñan en organismos del Estado provincial, pero cuyos servicios son costeados con fondos nacionales.

Contratos de empleo público precario incluyen, asimismo, una importante cantidad de designaciones enmarcadas en el artículo 30 del decreto 1178/96 (planta política).

Hay contratos de locación de servicios y de obra abonados con fondos provinciales, pasantías y otras figuras de reclutamiento informal.

La Auditoría General aconsejó respetar en el empleo público la doctrina que tiene a la planta permanente como modalidad para el ejercicio de las funciones cotidianas de la Administración y a la contratación como modalidad para atender tareas transitorias y especializadas.

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