Ordenanzas que se aprobaron con pompa y jamás fueron cumplidas

Ordenanzas que se aprobaron con pompa y jamás fueron cumplidas

Esta prohibido vender réplicas de armas de juguete en todo el Partido de General Pueyrredon. Y los skaters deben usar protección en la cabeza y las extremidades. Esas son algunas de las ordenanzas vigentes que no se cumplen. Otras exigen luces azules de led en el frente de los remises o prohiben la venta de medicamentos en cualquier negocio que no sea una farmacia.

La ordenanza 20514, que fue promulgada en septiembre de 2011, prohibe en el ámbito del Partido de General Pueyrredon "la fabricación, venta y/o distribución de réplicas de armas de fuego que sirven para jugar a matar".

En el artículo 2 de la norma se establece que "el incumplimiento de lo normado por el artículo precedente será sancionado con una multa cuyo monto será de hasta tres (3) sueldos mínimos del personal municipal".

Claro que las jugueterías marplatenses no se enteraron de la normativa, o no la cumplen, ya que entre los juguetes que se vendieron para el Día del Niño figuraron todo tipo de armas de juguete, desde pistolas hasta metralletas, sin olvidar las granadas.

Desde Inspección General de la Municipalidad local explicaron que "con esa ordenanza se intentó evitar la utilización de las armas de juguete en los hechos de inseguridad y era un correlato de una ley nacional que prohibiría los juguetes bélicos pero que nunca salió", explicó Eduardo Bruzzetta.

De todas formas, el funcionario destacó que el control del cumplimiento de la misma depende del área de "Lealtad Comercial", a la vez que confirmó que la Cámara de Jugueteros fueron anoticiados de la norma.

Ordenanzas abstractas

La ordenanza 20283, que data de 2011, estableció la "obligación de instalar en las unidades que prestan servicio de remís dos luces tipo led de alta luminosidad, de color azul, ubicadas en la parte frontal (parrillas) de los vehículos". ¿Alguien pudo ver a los remises con las luces azules en su frente?

En agosto de 2012, se promulgó la ordenanza 20964 que estableció que en todo el ámbito del partido de General Pueyrredon la "obligatoriedad del uso de casco, rodilleras y coderas para la práctica del deporte conocido como skateboarding en todas las pistas públicas o privadas si las hubiera y se hará extensiva a cualquier actividad de similares características que se realice en las mismas".

Pero la realidad indica que, en el skate park de la Bristol, la mayoría de los skaters prescinden de esas normas de seguridad.

Ponerse las pilas

En mayo de 2012, a través de la promulgación de la ordenanza 20828, la Municipalidad local adhirió a "la Ley nº 14.321 de la provincia de Buenos Aires, que establece el conjunto de obligaciones y responsabilidades para la gestión sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (Raees)". Así las cosas, hoy todavía muchos se preguntan ¿dónde están los recipientes sustentables para depositar las lámparas usadas o las pilas?

"No cumplir con las ordenanzas significa tirar por la borda un esfuerzo grande que se hizo, porque mejora la calidad de vida de todos. Hay muchas ordenanzas que no sólo no se cumplen, sino que a veces el propio Estado omite su cumplimiento", consideró la concejal de la Unión Cívica Radical (UCR) Cristina Coria.

En ese sentido, enumeró a las normativas referidas "a la accesibilidad. Hasta hace una década no teníamos mayor conciencia y ahora lentamente algo se está haciendo, pero el propio municipio no las cumple, como por ejemplo el mantenimiento de las veredas para evitar accidentes menores".

Sin sponsor

A través de la ordenanza 20577, promulgada en octubre de 2011, se instituyó el programa "Padrinos de Plazas Inclusivas", entendiendo al padrinazgo como "herramienta de participación que permite el trabajo conjunto del ámbito público y privado en beneficio de la comunidad", que se formalizará a través de la firma de convenios de colaboración.

Así, la ley estableció que el "padrino" tendrá a su cargo la "provisión, cuidado, mantenimiento, refacción, conservación y reemplazo en caso que fuese necesario, de los juegos de la plaza inclusiva apadrinada".

El objetivo de la medida es "propiciar la inclusión de niños y niñas con discapacidad en ámbitos comunitarios, específicamente en plazas públicas" y posibilitar que los mismos puedan "compartir el juego y las vivencias, a fin de incorporar desde temprana edad el concepto de la diversidad".

¿Se cumple? "La ordenanza está vigente, pero no se consiguieron padrinos", reconoció Artime e informó que también existe otra ordenanza -de la década del `90 y a pedido del entonces concejal Gustavo Pulti- que amplia el padrinazgo a todas las plazas de la ciudad. "Estamos trabajando para conseguir padrinos, que serían como sponsors de las plazas", adelantó el funcionario.

En diciembre del año pasado, se promulgó la ordenanza 21631 que modificó incisos de la ordenanza 21260, prohibiendo "el estacionamiento de vehículos, en el horario de 7 a 24", en distintos sectores de la ciudad, como el "Paseo Jesús de Galíndez".

La prohibición no se cumple, en ninguna época del año, y durante el verano o los fines de semana largos el sector queda poblado de los llamados "franelitas" que cobran por el estacionamiento.

Coria, que está cumpliendo su segundo período como concejal, explicó que "todas las ordenanzas tienen prevista una sanción, pero primero tiene que haber control municipal" y ejemplificó con las cuestiones del tránsito.

"Hay muy poca presencia del Estado municipal en la calle -dijo-, lo ves en la Dirección de Tránsito, o en el área de nocturnidad, o con los microbasurales".

Asimismo, la edil de la UCR consideró que "toda ordenanza tiene que estar acompañada por una buena campaña de concientización y al que transgredió se le debe aplicar la sanción".

Sin diferencias

La ordenanza 20040, promulgada en noviembre de 2010, estableció que en cada acto público en el que este presente el intendente municipal, concejales o funcionarios deberá estar presente "un intérprete de lengua de señas (LSA)", como así también en "fiestas nacionales o provinciales realizadas en este Partido".

Esta es otra de las normativas municipales que no se cumple, entonces ¿por qué los concejales las votan?

El presidente del bloque de concejales del Frente Renovador (FR), Cristian Azcona, concedió que "algunas ordenanzas son de difícil cumplimiento, pero también es cierto que muchas son votadas dentro de un paquete que no pasa por ningún filtro".

En ese sentido, consideró que "es importante establecer prioridades" y ejemplificó con los sucedido en marzo pasada con la suspensión de la normativa que obligaba a cambiar el color de identificación de los taxis.

"Hay que revisar íntegramente algunas ordenanzas de difícil cumplimiento -aseguró el concejal-, hay muchas que son obsoletas pero salieron por un compromiso político. Es importante dar éste debate".

Específicamente sobre la ordenanza 20040, Azcona dijo que "su incumplimiento afecta la igualdad de derechos".

Salud

En junio de 2011, la ordenanza 20395 estableció que en los "restaurantes, bares, confiterías, comedores, cafés, fast food, y/o lugar público destinado a la venta de comidas para ser consumidas allí, deberá haber en cada mesa un salero y/o sobre conteniendo sal 100 por ciento libre de sodio", a la vez que debería existir en las mismas dependencias -según el artículo 3 de la misma ordenanza- "un cartel publicitando la existencia de sal sin sodio".

El concejal de Acción Marplatense, doctor Alejandro Ferro, consideró a la mencionada norma como "extremadamente útil e importante, ya que hace referencia a una cuestión de la salud en tanto y en cuanto sabemos que comer con exceso de sal es altamente perjudicial".

Asimismo, aseveró que la mencionada ordenanza "debería ser tomada con mucha más conciencia, no sólo desde los aspectos represivos, sino desde tomar conciencia con comer menos sal".

Conciencia

En octubre de 2010 se promulgó la ordenanza 20042, decretando que "los establecimientos comerciales mayoristas y minoristas que se dediquen a la venta de alimentos y/o bebidas deberán poner a disposición de los consumidores, un quince (15%) de productos aptos para el consumo permanente de personas con diabetes, los que serán debidamente certificados en los rótulos".

Asimismo, quedaron comprendidos los "bares, restaurantes, pubs, confiterías, casas de té, cafés, discos, confiterías bailables, restobar, kioscos, maxikioscos y otros".

Sin embargo, en una recorrida realizada por LA CAPITAL por distintos establecimientos gastronómicos y kioscos ubicados en el área céntrica de la ciudad, ninguno cumplía con la ley.

"Es importante que las personas que sufren diabetes tengan mayor opciones en cuanto a la elección de los productos -dijo el doctor Ferro- pero obviamente hay un problema de índole comercial".

Asimismo, el ex secretario de Salud de la comuna consideró que "uno puede legislar con el mejor sentido, pero después hay razones -como comerciales o de falta de conciencia de diferentes sectores de la sociedad- que hacen que la ordenanza no se llegue a cumplir en su totalidad, por eso es importante acompañar las ordenanzas con la concientización de la comunidad sobre el tema".

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