Al confirmar una acción de amparo, la Cámara Federal ordenó a una obra social cubrir los gastos de un "by pass gástrico" en favor de una afiliada, creando así un precedente obligatorio para las demás prestadoras de salud.
La decisión que lleva la firma de los jueces Alejandro Tazza y Jorge Ferro obliga a la obra social de Empleados y Personal Jerárquico de la Actividad de Neumático Argentino (Osepjana) a "arbitrar los medios para que efectúe a la amparista la cirugía reclamada, consistente en By Pass Gástrico y/o Gastrectomy Sleeve en la institución Cl-Lap, con el equipo interdisciplinario de esa clínica".
Según lo expuso el juez Tazza, la paciente "posee antecedentes patológicos de obesidad mórbida, hipertensión arterial, dislipidemia con aumento de colesterol asociado a LDL y HDL por debajo de lo beneficioso, insulino resistencia, hernia hiatal leve y gastroduodenitis erosiva, patologías que deterioran su calidad de vida, porque dificultan su movilización y desenvolvimiento en las actividades habituales, además de caracterizarla como una persona en altísimo riesgo de eventos cardiovasculares a corto plazo, todo según su historia clínica".
Tratamientos dietéticos infructuosos
También, el mismo magistrado puso de relieve que la amparista se había sometido a "tratamientos higiénicos - dietéticos con licenciadas nutricionales" para bajar de peso, pero resultaron "infructuosos (sólo logró una reducción de 2 kilos)", por lo que los médicos aconsejaron que se realizara una cirugía "bariátrica".
Por otra parte, el juez Tazza, como sustento legal de su posición citó artículos de la Constitución Nacional, principalmente las declaraciones y pactos incorporados en 1994, además de otras normativas como las previsiones de la Ley 26.396 sobre Prevención y Control de los Trastornos Alimentarios, que incorpora estas prácticas al Programa Médico Obligatorio (PMO) y obliga a todas las obras sociales y otras asociaciones del Sistema Nacional, como a las prepagas a "incluir los tratamientos médicos necesarios que abarcan los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos, farmacológicos y todas las prácticas médicas necesarias para una atención multidisciplinaria e integral de las enfermedades".
E hizo la salvedad de que "por resolución, el Ministerio de Salud de la Nación incorporó al PMO un conjunto de prestaciones básicas esenciales para la cobertura de la obesidad en pacientes, entre las que se encuentra el mencionado by pass gástrico".
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