En virtud de un proyecto del Ejecutivo, se sancionó la Ley 8.769 que perfecciona la anterior, con el objetivo de brindarle una mayor calidad en la utilización del 40 por ciento sujeto a descuento.
El titular podrá hacer compras a crédito y, si tiene margen dentro del 40 por ciento, podrá utilizarla como tarjeta de débito. Si no tiene margen, no podrá endeudarse hasta tanto se le libere algún cupo.
Costos financieros
Este procedimiento fijará también el límite de costos financieros, el que involucra la tasa de interés de financiamiento ya sea de un electrodoméstico, de un préstamo personal, etc., pero a su vez con el agregado de comisiones, todo eso suma a la tasa de interés y eso va al costo financiero total.
El ministro Guerra explicó que se fijarán topes, "algo razonable, algo pactado, las tasas que maneje el mercado de modo que cualquier institución intermedia o financiera en general que pretenda un costo financiero por encima de lo fijado como tope, no va a poder ingresar ese costo en el sistema".
Agregó que para ello se hará un relevamiento de las tasas, de los costos financieros de mercado, se preverán los costos reglamentarios y normales como pueden ser comisiones de consignación, una serie de aditamentos que están totalmente reglados. Indicó que este mecanismo va a permitir ordenar aquellos casos de personas que tienden a tener un comportamiento excesivo en endeudamiento.
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