Mediante un proyecto de ley, el Gobierno busca implementar en la provincia régimen de licencias por maternidad, paternidad, nacimiento, lactancia y adopción a agentes del Estado provincial, incluyendo a quienes se desempeñan en las municipalidades.
El gobierno busca que se implemente, en la provincia, una nueva ley de régimen de licencias por maternidad, paternidad, nacimiento, lactancia y adopción a agentes del Estado provincial, incluyendo a quienes se desempeñan en las municipalidades.
Lo novedoso de la ley, es que la licencia de 180 días establecida posterior al embarazo, la puede usufructuar la mujer que dio a luz o, en caso de ser su voluntad, el cónyuge o conviviente, en caso que éste último también sea agente del Estado.
También se brinda la posibilidad que, los 30 días de descanso, previos a la fecha de parto, pueden ser reducidos a la mitad, de manera que los quince días restantes sean acumulados durante el período de licencia que se otorga con posterioridad al nacimiento del bebé.
El proyecto de ley será tratado hoy, en la comisión de Salud, donde los legisladores podrían revisar alguna modificación, en caso de considerarlo necesario.
En el proyecto de ley también se establece que, en caso de parto múltiple, a los 180 días que se otorgan de licencia, se agregarán treinta días más, por cada nacimiento posterior al primero.
En caso de interrupción del embarazo, sea por causas naturales o terapéuticas, la licencia será de treinta días corridos. Se deberá presentar un certificado médico con expresión de causa determinante.
Jornada reducida
En el nuevo texto legal que se pretende, el Ejecutivo determina que por el término de dos años, luego de producido el nacimiento, las madres de lactantes, que cumplan más de cuatro horas de jornada laboral, gozarán de una franquicia por lactancia que consiste en reducción de su horario laboral, pudiendo optar por las siguientes condiciones:
-Dos descansos de media hora, en el transcurso de la jornada laboral.
-Disminuir en una hora diaria la jornada de trabajo, modificando el horario de ingreso o el de salida, según sea lo más conveniente.
La adopción
En caso de adopción, el agente dependiente del Estado contará con una licencia de 180 días corridos que se ampliarán a 30 por tenencia con fines de adopción a más de un niño.
En los fundamentos del proyecto de ley, el Ejecutivo indica que «pretendemos, con esta norma, garantizar los derechos de los niños a recibir los cuidados necesarios y de las familias a poder brindarlos sin que ello signifique desmedro de otros derechos».
«Creemos que de esta manera podremos estar aportando al enriquecimiento de la propia sociedad, contribuyendo también al desarrollo económico y el aumento del empleo en condiciones de mayor justicia y equidad», indica en su fundamentación la propuesta bajo análisis de la Legislatura.
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