Nueva declaración de emergencia edilicio-funcional

La medida tiene vigencia por 360 días y alcanza a todas las dependencias destinadas al alojamiento, custodia y guarda de personas procesadas, detenidas o en cumplimiento de las penas privativas de la libertad.
Contempla la firma de convenios con organismos públicos y privados y la contratación y compra directa de lo que resulte necesario para mejorar la crítica situación que se vive en materia de recursos humanos, asistenciales, sanitarios, de rehabilitación, armamentos, parque automotor e infraestructura edilicia. Las razones esgrimidas son las mismas que sirvieron de fundamento a la emergencia que fuera declarada en junio de 2011 por 180 días.

El Poder Ejecutivo Provincial resolvió declarar el estado de emergencia edilicio-funcional del Servicio Penitenciario Provincial y dependencias destinadas al alojamiento, custodia y guarda de personas procesadas, detenidas o en cumplimiento de las penas privativas de la libertad, por el término de 360 días a partir del pasado 23 de enero.

La medida fue dispuesta atenta a los serios problemas sanitarios, de infraestructura física, eléctrica y de habitabilidad, como de equipamiento funcional, y la falta de equipos de comunicación y comprende los aspectos de Recursos humanos en todas sus especialidades, asistenciales, sanitarios, de rehabilitación, armamentos, parque automotor e infraestructura edilicia de la unidad de detención Nº1, la unida de detención femenina y la casa de pre–egreso ubicadas en Río Grande y la unidad de detención femenina, centro de detención de la Alcaidía, anexo y DICU de Ushuaia.

En el considerando del decreto 148/13 se refiere “que en los últimos años la población carcelaria se ha incrementado a tal punto que ha desbordado la capacidad edilicia de las unidades de detención de la Provincia, en desmedro también de la optimización de los recursos humanos existentes en el Servicio Penitenciario” y “que las condiciones edilicias y funcionales en que actualmente se encuentran los internos alojados en las distintas unidades de detención, devienen inadecuadas para que se lleve a cabo el tratamiento penitenciario, dificultando la resocialización de los mismos; vulnerando esta situación la seguridad e integridad psicofísica tanto de la población carcelaria como del personal penitenciario que tiene la responsabilidad de su guarda”, y que ante ese panorama “resulta menester dar cumplimiento a los tratados internacionales de Derechos Humanos” que establecen que “el cumplimiento de la pena privativa de la libertad debe desarrollarse dentro de un contexto que reúna todas las medidas de seguridad”. Precisa que para lograr ese objetivo “todos los órganos con competencia específica han detallado una serie de acciones programadas para corregir y mejorar la crítica situación por la que atraviesa el sector, resultando indispensable apelar a la declaración de emergencia físico–funcional del sector” para “dotar a todos los órganos vinculados con la Institución penitenciaria, de herramientas ágiles que permitan la pronta ejecución de las acciones programadas en aras del bienestar general”.

En ese marco se faculta al Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad a suscribir convenios con Organismos Nacionales, Municipales o de otras provincias, Instituciones públicas o privadas, a los efectos previstos por el presente, y a los Ministros de Economía y de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos “a realizar todas las adquisiciones y contrataciones bajo la modalidad de contratación directa, mientras se encuentre en vigencia la emergencia declarada por el presente”.

Ya en junio de 2011 el Poder Ejecutivo había declarado el Estado de Emergencia Edilicia–Funcional del Servicio Penitenciario Provincial y dependencias destinadas al alojamiento, custodia y guarda de personas procesadas, detenidas o en cumplimiento de las penas privativas de libertad, por el término de 180. Por aquél entonces se argumentaba la necesidad de disponer esa medida en “los serios problemas sanitarios, de infraestructura física, eléctrica, hidrosanitaria y de habitabilidad, como de equipamiento funcional que presentaban “los edificios de las unidades penales de la Provincia”. Como ahora, también se aseguraba que “todos los órganos con competencia específica han detallado una serie de acciones programadas para corregir y mejorar la crítica situación por la que atraviesa el sector” para lo que resultaba “indispensable apelar a la declaración de emergencia físico funcional del sector”.

También es esa declaración de emergencia se facultó “al Ministro de Gobierno, Coordinación general y Justicia a suscribir convenios con Organismos Nacionales, Municipales o de otras provincias, Instituciones públicas o privadas, y personas en general, a los efectos previstos por el presente” y a “los Ministros de Economía y de Obras y Servicios Públicos a realizar todas las adquisiciones y contrataciones bajo la modalidad de contratación directa mientras se encuentre en vigencia la emergencia declarada por el presente”.

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