Niñas y adolescentes en riesgo por la falta de Educación Sexual

Niñas y adolescentes en riesgo por la falta de Educación Sexual
A esto se suma la ausencia de una legislación sobre delitos informáticos.

Sin lugar a dudas, es con Educación que no solo se logra la prevención sino también con una mejor sociedad. Esta educación debe provenir de la familia -como base de la sociedad- y luego ser reforzada en la escuela. Sin embargo, en materia legal, algunas leyes están en vigencia pero no se cumplen y otros proyecto de ley no avanzan.

En este sentido, los chicos y chicas que cursan tanto en la primaria como en la secundaria están ante una doble desprotección y expuestos ante el peligro que pueden llegar a convertirse las redes sociales cuando no son utilizadas, al menos, con responsabilidad. La Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral (ESI) fue sancionada en 2006 y la Provincia adhirió en 2008. Pese al paso del tiempo, no hubo muchos avances. Si bien el material fue distribuido en las escuelas y se realizaron algunos talleres docentes, formalmente en las aulas no se habla de sexualidad.

Solo en algunas escuelas se suelen realizar charlas. Mientras tanto, los chicos demandan más conocimientos sobre este tema. Según contaron a este diario, suelen hablar en privado con algún profe de confianza. Las preceptoras, principales confidentes de los adolescentes en el secundario, comentaron que aunque los chicos no digan expresamente cuáles son sus inquietudes, se manifiestan por otros medios: graffitis, bromas, gestos o ilustraciones, en algunos casos.

La implementación de la Ley de ESI tiene varias finalidades, pero el objetivo principal es claro: el cuidado del cuerpo y la salud, es decir, de la integridad de las personas. No solo se trata evitar embarazos no deseados y el contagio de enfermedades de Transmisión Sexual. Además, se pueden evitar casos de abusos sexuales y otras situaciones relacionadas con la intimidad de los chicos y el avance a pasos agigantados de las redes sociales a través de los distintos modos de abordaje.

En este sentido, existe un importante vacío legal, tanto a nivel nacional como provincial. Al respecto, en la Cámara de Diputados de Catamarca el año pasado se había presentado un proyecto de ley para fomentar campañas de capacitación en el ámbito escolar y familiar para que Niñas, Niños y Adolescentes, puedan incorporar herramientas idóneas que les permitan un uso seguro del Internet y de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (NTIC). Esta iniciativa fue presentada por la legisladora Verónica Rodríguez Calascibetta y girada a las comisiones de Niñez, Adolescencia y Familia y Educación. Hasta la fecha, solo la primera comisión le dio despacho favorable y hasta tanto la segunda no dé el visto bueno, este proyecto no podrá ser tratado en el recinto para ser sancionado con fuerza de ley.

Con esta iniciativa, uno de los objetivos apunta a las redes sociales que representan uno de los mayores y más graves puntos a tener en consideración, debido a que existen varias estrategias de abordaje contra los chicos. Entre ellas, se encuentra el “ciberbullying” o “ciberacoso”, una conducta que incluye actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños; supone el uso y difusión de información lesiva o difamatoria en formato electrónico a través de medios de comunicación como correo electrónico, la mensajería instantánea, las redes sociales, la mensajería de texto a través de teléfonos o dispositivos móviles o la publicación.

Otro modo de abordaje es el grooming. Se trata del acoso ejercido por un adulto a través de las acciones realizadas deliberadamente para establecer una relación y un control emocional sobre un niño o niña con el fin de preparar el terreno para el abuso sexual del menor. Son situaciones de acoso con un contenido sexual explícito o implícito. La pornografía infantil también está presente en las redes sociales y en todo internet. Es toda representación, por cualquier medio de comunicación, de un niño o niña menor de 18 años, involucrado en actividades sexuales reales o simuladas, de manera explícita o sugerida, con cualquier fin. Por último, el sexting es uno de los modos de abordaje que hoy por hoy repercute con mayor fuerza. Se trata del envío de contenidos de tipo sexual (principalmente fotografías y/o videos) producidos generalmente por el propio remitente, a otras personas por medio de teléfonos móviles.

El delito informático y las leyes

La era digital en las que las tecnologías de la información y la comunicación adoptaron un rol preponderante es consecuencia de los irrefrenables avances informáticos. En esta nueva etapa surge un mundo virtual. De la mano de este nuevo mundo en el que aparecen las redes sociales también surge la delincuencia informática. El delito informático, sobre todo ante modos de abordaje como el grooming, requieren de la necesidad de la reforma del Código Penal.

Mientras tanto, otras leyes vigentes tienen el objetivo de proteger la niñez, en las redes sociales y otros medios. Los Artículos 29º, 30º y 31º de la Ley Provincial 3882 refieren a la publicación periodística. Prevé sanción de multa y arresto al medio que publique notas o noticias gráficas en las que se identifique a un chico o chica como autor, cómplice o víctima de un delito o falta.

En tanto que los Artículos 28º y 29º de la nueva Ley Provincial de Protección a niños y adolescentes, hacen foco en los Derechos a la Dignidad, a la Intimidad y a Preservar la Identidad. Estipulan que tienen derechos a ser respetados en su dignidad, reputación y propia imagen y que se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, información o imágenes que los permitan identificar directa o indirectamente, en cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad, cuando se lesionen su dignidad o reputación o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o familiar.

Comentá la nota