Contiene exenciones impositivas, el acceso a líneas de crédito y prórrogas para el pago de impuestos
Los beneficios alcanzan a las explotaciones agrícolas ganaderas de los departamentos de La Paz, San Santa Rosa, Ancasti y El Alto que fueron afectadas por sequía; a las producciones de frutales, hortalizas, forrajes, pasturas naturales y ganaderas de los departamentos de Capayán y Valle Viejo afectadas por sequía, heladas y granizo; a las producciones de frutales ubicadas en las localidades de Fiambalá, Medanitos, Tatón y Saujil del departamento Tinogasta afectadas por heladas tardías y a las producciones de frutales, hortalizas, forrajes, pasturas naturales y ganadería de las localidades de El Rodeo, La Puerta, Los Potrerillos, Los Talas, Los Varela, Los Castillos, La Aguada, El Bolsón, Singuil, Las Chacritas y Humaya del departamento de Ambato afectadas por granizo y sequía.
Por el artículo segundo se declara en estado de "desastre agropecuario" a las producciones aromáticas, hortícolas y frutales afectadas por lluvia, granizo e inundaciones de las localidades de Las Mojarras y El Puesto, departamento Santa María, también por el término de un año.
La medida fue publicada ayer en el Boletín Oficial. También se benefició a las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Catamarca, Santiago del Estero, La Pampa, Santa Cruz, Chubut, Río Negro y Corrientes.
La ley 26.509 de Emergencia Agropecuaria se aprobó en agosto de este año. Por la misma se crea un fondo para la prevención y mitigación de desastres agropecuarios que se integra por $ 500 millones de pesos.
LOS BENEFICIARIOS
- Los productores comprendidos en las zonas de emergencia agropecuaria deberán encontrarse afectados en su producción o capacidad de producción en por lo menos el 50%.
- Los productores comprendidos en las zonas de desastre deberán encontrarse afectados en su producción o su capacidad de producción en un 80%.
- Las autoridades competentes de cada provincia deberán extender a los productores afectados un certificado que acredite las condiciones para poder acceder a los beneficios.
Beneficios de la ley 26209
La ley establece que se podrá brindar asistencia financiera especial para los productores a través de instituciones bancarias.
Otorgamiento de créditos que permitan la continuidad de las explotaciones y el mantenimiento de su personal, con tasas de interés bonificadas en un veinticinco por ciento (25%).
Suspensión de hasta 90 días, finalizada la emergencia, de juicios por cobro de acreencias.
Aportes no reembolsables para inversión y asistencia técnica.
Exenciones impositivas y prórrogas para el pago de impuestos.
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