Municipios del PJ convocan a votar a los chicos de 16 años

Municipios del PJ convocan a votar a los chicos de 16 años
Los intendentes de San Martín, Maipú, Tunuyán y Lavalle fijaron para el domingo 27 de octubre la fecha para la elección de concejales. El decreto de convocatoria autoriza a los menores de 18 años a sufragar en esa categoría. Sintonía con el Gobernador.
Cuando el debate por la participación electoral de los chicos de 16 y 17 años parecía haber quedado en manos de la Suprema Corte, en los últimos días cuatro municipios justicialistas han adherido a la medida y llamaron a sus vecinos menores de 18 años a votar a los concejales. Desde la oposición no se hacen demasiado problema y hasta hay quienes sostienen que se trata más de un mensaje hacia el interior del PJ que hacia afuera.

Es que los cuatro municipios que habilitaron a sus menores a votar ediles tienen intendentes del sector azul: Maipú, San Martín, Lavalle y Tunuyán.

El 1 de noviembre del 2012 el Gobierno nacional promulgó la Ley 26.774, conocida como Ley de Ciudadanía, en la que se otorga el derecho al voto a los menores de 16 años. De esta forma el derecho alcanza a todos los adolescentes que quieran elegir a los candidatos a cargos nacionales (presidente, vice y legisladores nacionales). En las últimas Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, los adolescentes pudieron participar optativamente de ese comicio.

Días antes de las PASO, el gobernador Francisco Pérez volvió a jugar una carta que lo mostraba en sintonía con el gobierno nacional: firmó un decreto convocando a los menores de 16 y 17 años a votar para los cargos provinciales que se pondrán a consideración de la ciudadanía el 27 de octubre. Y entonces estalló el debate.

Los demócratas y autoridades de la propia Junta Electoral mendocinas salieron al cruce por diversos medios de comunicación diciendo que, para aplicar esa disposición nacional, hay que modificar la Constitución provincial. De acuerdo al artículo 50 de la Carta Magna mendocina, "el sufragio electoral es un derecho que le corresponde a todo ciudadano argentino mayor de 18 años".

El mismo argumento se esgrimió desde el radicalismo, pero sin mucha voluntad de confrontar sobre el particular. "No es bueno judicializar este tema. Para colmo el gobierno jugó a último momento" recordaba el senador Juan Carlos Jaliff.

Desde el oficialismo, se indicaba que una ley nacional tiene mayor grado de prelación que la Constitución Provincial. Esto es: en la pirámide legal, están por encima la Constitución nacional, luego las leyes nacionales y luego las constituciones provinciales. Por lo tanto, la Carta Magna local no puede contradecir una norma nacional.

Sin embargo, el PD se presentó ante la Suprema Corte de Justicia mendocina para declarar inconstitucional del decreto 1.183 que fue publicado en el Boletín Oficial el 7 de agosto pasado. Y el argumento es que la cuestión electoral no es una facultad delegada por las provincias a la Nación, por lo que la provincia puede darse sus normas sobre el particular y la Constitución provincial prohíbe que los menores de 18 años voten. La acción fue presentada la semana pasada.

Parecía que el debate terminaba ahí y se cerraba cuando la Corte emitiera su sentencia. Pero la Corte aún no dictamina y, en el camino, aparecen los gestos políticos. En pocos días, el Boletín oficial publicó la seguidilla de decretos municipales: El 27 de agosto el 1.827 de San Martín firmado por Jorge Giménez; el 28 salieron el 817 de Maipú firmado por Alejandro Bermejo y el 42 de Lavalle; y el 30 de agosto salió el 595 de Tunuyán firmado por Martín Aveiro.

Ayer, los presidentes de los partidos de la oposición daban su parecer ante la novedad. Para Richard Battagión, esos decretos no tenían ningún valor legal: "Las comunas sólo pueden legislar sobre la fecha electoral" y luego indicaba que había que esperar la resolución de la Corte al planteo demócrata: "No estamos en contra de que voten, pero es inconstitucional".

El radical Alfredo Cornejo se mostraba despreocupado. "En lo práctico no es un problema. Como la elección es unificada, se usará el padrón confeccionado en la Nación y como los menores de 16 años votan para los cargos nacionales, no hace falta adherir con ninguna normativa". De alguna manera, la posición de Cornejo es que, en caso de que la Corte diga que los menores pueden votar, se hace sin mayores inconvenientes.

Comentá la nota