Martel: “La ordenanza tiene que decir de dónde saldrán los fondos”.
Desde la comuna capitalina aseguran que, desde 2011 a la fecha, la actual gestión incrementó los sueldos de los municipales en un 240%.
El secretario de Gobierno de la Municipalidad de la Capital, Hernán Martel, indicó que están esperando a que llegue la ordenanza para avanzar en el análisis y entablar diálogo con los concejales a los fines de "entender” el propósito y alcance de la propuesta. El funcionario consideró que, en principio, es "contraria” a la Carta Orgánica Municipal.
Martel recordó que la Carta Orgánica impide, taxativamente, que se gaste más del 65% del Presupuesto en las retribuciones del personal permanente, no permanente y funcionarios, incluyendo también cargas sociales. Y señaló que ordena que otro 15% del Presupuesto, como mínimo, deberá destinarse a la obra pública y equipamiento municipal.
"Para cumplir con estos artículos, el único modo de sancionar reacomodamientos salariales es dentro del Presupuesto 2016, cuando éste se discuta en el Concejo. Así podrá conocerse de dónde saldrán los recursos. De otra manera, es una gran irresponsabilidad política que pone en riesgo las finanzas municipales”, subrayó Martel.
"Esta es la gestión que le dio más importancia a los trabajadores. Hemos recuperado muchas tareas que antes estaban en manos de empresas privadas y demostramos que los trabajadores municipales lo hacen mejor. Pero la política salarial no debe condicionar el funcionamiento del municipio, limitando el cumplimiento de funciones esenciales al servicio de los 200 mil vecinos de la ciudad”, remarcó.
Responsabilidad
Martel insistió en la necesidad de clarificar la fuente de financiamiento de la medida. "Nosotros no somos irresponsables. Que nos digan de dónde sacarán recursos, qué partidas deberán recortarse. Es lo que esperamos poder debatir con los concejales”, advirtió.
El funcionario interpretó que el espíritu de la ordenanza va en "contraposición” con lo que se viene sosteniendo de manera "consecuente”, durante estos cuatro años de gestión, acerca de la revalorización del trabajador municipal.
"Ya recategorizamos a 1.000 trabajadores y en promedio estamos otorgando más del 60% anual en lo que respecta a mejoras salariales. Desde 2011 a esta parte hemos mejorado los sueldos en un 240%, llevando los salarios de $3.500 (en la gestión anterior) a $8.500 que es el mínimo que cobran hoy nuestros trabajadores”, enfatizó Martel. Polémica recategorización El jueves pasado, durante la sesión ordinaria del Concejo Deliberante, los ediles oficialistas y opositores aprobaron por unanimidad las modificaciones a la Ordenanza Nº 1368/86 referida al Estatuto de Obreros y Empleados Municipales. Esos cambios están referidos al nuevo sistema de recategorización de los empleados municipales.
La ordenanza prevé que un agente municipal que posea una antigüedad de 26 años o más de servicio –y sin límite de edad- se lo promoverá automáticamente a la máxima categoría del escalafón, que es la 11. A su vez, un empleado municipal con 23 años de servicio pasaría automáticamente a la categoría 10; quienes posean 20 años de servicio a la 9; y con una antigüedad superior a 17 años, a la 8.
A las pocas horas de la aprobación de la ordenanza, el Ejecutivo Municipal anticipó que enviará el veto al CD. Vulneración Para el municipio, la ordenanza incumple con:
-Artículo 124: Toda Ordenanza que autorice gastos no previstos en el Presupuesto deberá determinar su financiación. En tal caso, el Departamento Ejecutivo incorporará créditos al Presupuesto General atendiendo a la estructura del mismo, procediéndose de igual modo en el cálculo de recursos. Podrán incorporarse, por Ordenanza, recursos para un fin determinado.
-Artículo 125: Como principio general no podrán comprometerse erogaciones para ejercicios futuros, salvo en los siguientes casos: a) obras públicas a efectuarse en dos o más ejercicios financieros; y b) operaciones de créditos o financiamiento especial de adquisiciones, obras y trabajos, entre otras.
-Artículo 126: El Presupuesto deberá fijar las partidas para atender el pago de las retribuciones del personal permanente, no permanente y funcionarios. En ningún caso dichas partidas presupuestarias, incluyendo cargas sociales, podrá superar el 65 %) del Presupuesto Anual, excluyendo para este cálculo las partidas correspondientes a obras públicas extraordinarias. Bajo ningún concepto se podrá insertar gastos de personal en otras partidas del Presupuesto.
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