Desde la Secretaría Legal y Técnica de la Municipalidad se informó a EL DIARIO que ya está el dictamen para que se calcule si un cerco privado en la zona costera de Bajada Grande viola o no la legislación que habilita el acceso al río.
Lo que está en juego en esta controversia es la aplicación de lo que se conoce como Camino de Sirga, por el cual se establece un franja física de acceso libre a la costa del río como, tal como lo ampara el Código Civil, y en el que dispone un sector de 35 metros de ancho junto a la orilla.
El conflicto en Bajada Grande se inició cuando un particular sobre calle Estrada, frente a la costa, colocó un alambrado sobre el lado de la calle que da al río, impidiendo el acceso a la ribera. Fue entonces cuando hace unos cuatro meses, la asamblea de vecinos “El río es de todos”, comenzó a reclamar por tal impedimento y que demandar al emprendimiento inmobiliario “Puerto Urquiza” que lo retire.
“Nosotros queremos que se respete el Camino de Sirga. Lo que vamos a ver es si el alambrado permite o no la transitabilidad al río”, apuntó el funcionario y agregó que casos similares se estarían dando en otros lugares, cuestión que ameritaría un reforma al Código Urbano, opinó. Para Molina, “una vez medido y corroborado se verá qué hacer”, anticipó.
Pedido. Los asambleistas, invocando el derecho al Camino de Sirga, se presentaron en la Defensoría del Pueblo de Paraná, que emitió una recomendación a la Municipalidad para que dispongan las medidas necesarias para retirar el alambrado en calle Estrada. El organismo que conduce el defensor Luis Garay, emitió el dictamen luego de relevar las opiniones al respecto del Colegio de Abogados y de la Universidad Católica Argentina sede local.
Ambas entidades ratificaron la vigencia del Camino de Sirga, esa franja de terreno propiedad de ribereños que deben disporner para la libre circulación de quien requiera su uso.
En septiembre, la entidad de profesionales defendió públicamente el Camino de Sirga. El presidente del Instituto de Derecho Civil de la entidad, Darío Ponte Elgotas, citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un reciente fallo del 2009. En esa doctrina, el máximo tribunal dictaminó en torno del Camino de Sirga que “todos los dueños de propiedades de este tipo en el país (ribereñas), según lo establece el Código Civil, tienen una restricción al dominio de esa propiedad”, dijo.
Recordó además que los propietarios tienen que dejar disponible 35 metros desde la ribera, no pueden darle a esa franja ningún otro uso “que no sea el común, destinado a facilitar la navegación y flotación”, se describió. “Si bien es parte de su propiedad, no pueden hacer uso de esa franja porque está destinada a la utilidad pública. Esa privación del uso no es indemnizable”, insistió.
Por su parte, la intendenta Blanca Osuna, mediante una nota dirigida a los integrantes de la Comisión Bicameral que trabaja en la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, solicitó que no se modifique la legislación establecida y no reduzcan la cantidad de metros de acceso a la ribera. Asimismo, sugirió que se deje de lado el concepto del Camino de Sirga para avanzar en el derecho público sobre la costa, ya que ese principio es “sagrado, inalienable e imprescriptible”, sostuvo.
AL MARGEN
Liberado. El Código Civil Argentino, en su artículo 2.639º, determina que los propietarios limítrofes con el río están obligados a dejar una calle o camino público de 35 metros de ancho hasta la orilla del mismo (Camino de Sirga), sin indemnización alguna y tampoco pueden realizar construcciones de ningún tipo sobre dicha franja. Por la misma ley el río pertenece al dominio público del Estado nacional, por lo tanto no se le puede prohibir a ningún ciudadano ingresar, permanecer, transitar, embarcar o desembarcar.

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