La Cámara de Comercio e Industria de Posadas, actualmente presidida por Norma Blanco comunicó a sus asociados y a la comunidad en general que la Municipalidad de la Ciudad de Posadas ha emitido la Resolución Nº 12/2012 en la que modifica en parte..
En tanto Rubén Martínez, de la Asociación de comerciantes de la avenida Uruguay confirmó: “Hemos logrado la reducción del 50% en cartelería, la vidriera no se cobra por ejemplo. Hay muchos puntos que nos favorecen a seguir, esto es mucho mejor de lo que nos proponían y ahora los más necesitados quedaron exentos, eso es muy importante”.
Martínez además dijo: “en nuestro comercio, lógicamente, la cartelería en general, soy damnificado en ese sentido. Como estar frente a la asociación era una presión de los comerciantes debíamos actuar no solamente en cartelería, sino también en la parte de retenciones y todos los factores que se reclamó se ha logrado”.
En un comunicado la “la CCIP ha puesto de manifiesto la disconformidad y reclamos de sus asociados con la ordenanza sobre la tasa de Cartelería y Publicidad desde que la misma se dio a conocer y, a través del diálogo y con datos reales que demostraban que los aumentos no eran excesivos y que la legislación era injusta para la mayor parte de los comerciantes (agobiados por la presiones tributarias, la inflación y la disminución en las ventas), se logró que la misma sea modificada considerablemente, en beneficio de gran parte de los comercios de la ciudad. No obstante a la modificación de esta normativa, la CCIP continuará analizando junto a la Municipalidad otros ítems que también afectan a los asociados.
También se recuerda a los contribuyentes que el reempadronamiento del impuesto de cartelería actualmente vigente es obligatorio. También es valedero mencionar que a estos beneficios se añade el descuento por pago en termino del 20% de la tasa, lo que en el caso de contribuyentes que su cartelería no supere los 20m2, obtienen el 50% + 20% de bonificación por pago adelantado.
Las modificaciones introducidas son las siguientes:
Contribuyentes Monotributistas
La norma queda tal cual con las siguientes excepciones:
- La cartelería simple y propia, de hasta 5m2 está 100 % bonificada
- Cartelería iluminada o luminosa hasta 20m2 tiene una bonificación 50% en el pago de la tasa.
- La publicidad en el interior del local, no esta incluida en la norma
- La publicidad propia en puerta y/o vidrios, no está incluida en la norma
- No se paga publicidad propia de hasta 1m2 en vehículos propios
- Cartelería simple hasta 3m2 no requiere carpeta técnica
Resto contribuyentes
La norma queda tal cual con las siguientes excepciones
- La cartelería iluminada o luminosa de hasta 20m2 tiene una bonificación 50% en el pago de la tasa
- La publicidad en el interior del local no está incluida en la norma
- La publicidad propia en puerta y/o vidrios no está incluida en la norma
- La publicidad propia de hasta 1m2 en vehículos propios está bonificada un 100%
- La cartelería simple hasta 3m2 no requiere carpeta técnica.
Plazo para acogerse a los beneficios
- Del 6 al 31 de agosto.
Al que pagó, se le acreditará
Los contribuyentes alcanzados que hubieran declarado y abonado a la fecha totalmente o parcialmente el tributo tendrán un saldo a favor a computarse contra pagos futuros del mismo tributo.

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