Tras varios días de silencio y a través de un comunicado, el Ejecutivo se pronunció sobre la instalación de una central termoeléctrica en las rutas 6 y 34. El texto asegura que "no se permitirá transgresión alguna que ponga en riesgo a terceros o al medioambiente", pero evita referirse a la ordenanza que prohíbe las empresas de tercera categoría.
Tras varios días de silencio, el Ejecutivo local se pronunció sobre la instalación de una central termoeléctrica en el cruce de las rutas 6 y 34, a cargo de la empresa Araucaria Energy. A pesar de que al interior del gobierno local se debatió si hacerlo a través de la voz de un funcionario o de un comunicado de prensa, finalmente se optó por este último.
“Siendo que el pasado lunes 6 del corriente el Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° 6923, mediante la cual se crea en el Área Rural, la Zona de Uso Específico “Infraestructura de Servicios, Estaciones y Subestaciones de Transferencia de Energía Eléctrica”, y en virtud de las consultas recibidas por varios funcionarios municipales basadas en versiones sobre tal medida, el Gobierno Municipal informa a la opinión pública que se trata de una norma dictada por el Departamento Deliberativo, en ejercicio de sus facultades legales, que no ha infringido ninguna disposición legal ni reglamentaria, por lo que se constituye en un acto legítimo y de plena validez”, comienza el descargo de la Comuna.
La explicación del Ejecutivo omite explicar que el expediente de tramitación de la termoeléctrica circuló por varias áreas del gobierno antes de llegar al Concejo Deliberante para solicitar autorización de uso, algo reconocido por el propio concejal oficialista Javier Casset.
“A través del mismo ha creado una Zona de Uso Específico en el marco de la ley, aplicando, como en otros casos, una regulación que así lo permite”, continua, en tanto asegura que la medida en cuestión “obedece a que se ha juzgado conveniente contar, en el distrito, con una Central Térmica de Generación de Energía Eléctrica, capaz de aportar al desarrollo industrial y productivo local un caudal de 115 MGW/Hora”.
Por otra parte, el texto evita cualquier respecto a la ordenanza que prohíbe la radicación de empresas de tercera categoría industrial, en la que se inscribe la central termoeléctrica según confirmaron a este medio fuentes del OPDS. Esta prohibición, además, había sido una de las banderas de Oscar Luciani en materia de políticas medioambientales.
En ese sentido, el comunicado se limita a señalar que “dicho emprendimiento no se halla eximido de cumplir con todos y cada uno de los requisitos legalmente exigibles para obtener su habilitación, la cual -de no verificarse el estricto cumplimiento de la normativa legal aplicable- no se otorgará”. “Hacemos saber a nuestros convecinos que la Municipalidad de Luján no ha incumplido ninguna norma, ni permitirá transgresión alguna que ponga en riesgo a terceros o al medioambiente, y no ha actuado -ni lo hará- fuera de la ley”, concluye.

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