Desestimaron una cautelar contra el alza.
En la presentación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, tras el fallo de la jueza Cecilia Gilardi de Negre, Mondino dijo: “en este juicio me presenté ante los Tribunales para defender los derechos de usuarios y consumidores, para lo cual estoy claramente facultado para actuar por el artículo 43 de la Constitución Nacional sean estos de incidencia colectiva o no”.
“En tal sentido, dicha facultad también la otorga a mi parte el artículo 52 de la ley 24.240 (texto conf. Ley 26.361), que tampoco fue tenido en consideración en la resolución apelada”, añadió.
También advirtió el ombudsman: “no hay que confundir, como lo hace la jueza, la defensa judicial de usuarios y consumidores para lo cual mi parte está especialmente facultada por la Constitución Nacional, con la protección de los derechos de incidencia colectiva en general”.
Mondino recordó en su recurso ante la Cámara que el 16 de enero promovió una demanda contra el Estado nacional para que se anulen diversas resoluciones oficiales, pues a su criterio generaron “facturaciones que contienen valores irrazonables desde el punto de vista económico, constituyéndose en arbitrarios y manifiestamente ilegales por contrariar principios de la Constitución Nacional”. En Tucumán, el defensor del pueblo Jorge García Mena aguardaba el resultado de la presentación de Mondino para presentar una igual en la Provincia.
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