La Comisión de Asuntos Agrarios, Turismo, Industria, Obras y Servicios Públicos de la Cámara de Diputados de La Pampa rechazó esta tarde por unanimidad, el Proyecto de Ley del Gobierno Provincial para la ampliación de la obra del Megaestadio, e instó al Ejecutivo pampeano "a que arbitre los medios necesarios a fin concretar la finalización de la mentada obra, en el marco de las Leyes Nº 38 y Nº 2516 y el Pliego de Bases y Condiciones de la Obra y su contrato".
“Proponemos también que, en la eventualidad que la conducta de la empresa ocasione la rescisión del contrato, se efectúe una nueva contratación a los fines de la inmediata continuidad y conclusión definitiva de los trabajos mediante los procedimientos previstos en la legislación vigente”, indicaron en las conclusiones.
“Y que las reparticiones intervinientes informen y remitan los antecedentes respectivos al Registro Permanente de Licitadores de Obras Públicas –agregaron-, a los fines que se apliquen las sanciones y se tomen las medidas preventivas que pudieren corresponder, en el marco del Decreto Provincial 2.546/93 que puso en vigencia las normas reglamentarias de dicho Registro”.
Entre algunos de los párrafos de los fundamentos, los diputados analizaron que el proyecto rechazado “significará un grave perjuicio al erario público, ya que se propicia que se autorice al Poder Ejecutivo a abonar en un mismo contrato de obra pública dos veces los mismos trabajos, en violación flagrante a dicho marco contractual y a las cláusulas “Tercera”, “Cuarta” y “Sexta” del “Convenio” aprobado por Ley Provincial Nº 2.516 firmado con la empresa contratista, en el cual dicha firma asume expresamente la total responsabilidad por las deficiencias en los cálculos de la estructura metálica del techo de la obra. Dicha duplicación insumiría 29,7 millones de pesos, a valores de setiembre de 2011”.
También, que sería “de dudosa constitucionalidad, pues se violará el principio Constitucional de igualdad y sus derivaciones en el ámbito administrativo, tales como los de trato igualitario y libre competencia en una licitación”.
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