Medidas de protección integral contra la violencia de género en la currícula escolar

Medidas de protección integral contra la violencia de género en la currícula escolar
El diputado nacional, Daniel Kroneberger, presentó un proyecto de Ley por el cual Incorpora a la Currícula educativa de todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, la enseñanza de la siguiente asignatura: Medidas de protección integral contra la violencia de género

Dicho proyecto tiene su correlato en una iniciativa que presentó la diputada Delma Sánchez del bloque FrePam. “El Ministerio de Educación definirá, conjuntamente con el Consejo Federal de Educación, y la asistencia consultiva de los organismos competentes, los lineamientos curriculares básicos de las mencionadas asignaturas, que permitan el cumplimiento de lo dispuesto por la presente ley.

El Ministerio Educación, como órgano de aplicación y organismo rector de la presente ley, deberá implementar políticas de capacitación, perfeccionamiento y actualización docente, así como la producción de material didáctico específico”, explicó Kroneberger.

Añadió que el objetivo de los citados contenidos “tendrán por finalidad propiciar el cambio cultural requerido para prevenir nuevas víctimas y/o victimarios de la violencia de género y tender al enfoque desde un punto de vista transversal e interdisciplinario. El presente proyecto de ley tiene por finalidad concientizar a la población desde el ámbito educativo de la necesidad imperiosa de contar con medidas integrales de prevención de la violencia de género. El presente proyecto de ley apunta a la enseñanza de los principios y valores dentro del sistema educativo”.

“El sistema educativo incluirá entre sus fines la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

Igualmente, el sistema educativo incluirá, dentro de sus principios de calidad, la eliminación de los obstáculos que dificultan la plena igualdad entre hombres y mujeres y la formación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos. Con el fin de garantizar la efectiva igualdad entre hombres y mujeres, las Administraciones educativas velarán para que en todos los materiales educativos se eliminen los estereotipos sexistas o discriminatorios y para que fomenten el igual valor de hombres y mujeresLa violencia familiar es un fenómeno psicosocial grave y complejo que está presente en todas las sociedades, sin depender de su desarrollo ni de su cultura. Podemos considerarla como la manifestación violenta más extendida en el mundo y la que presenta más variedad de consecuencias que siempre son muy difíciles de abordar. La violencia contra las mujeres, junto con la de los niños/as y personas grandes, son las formas de violencia más frecuentes en nuestro planeta”, agregó.

Sostuvo que “no hay explicaciones únicas, pero sí factores de riesgo de conductas que empeoran o desencadenan la respuesta violenta. Algunos de los factores de riesgo más importantes serían por una parte, los valores y las actitudes sexistas, así como las creencias estereotipadas interiorizadas sobre los hombres y las mujeres, que tienen su origen en la cultura patriarcal. Y por otro lado, tenemos la desigualdad de poder en nuestra sociedad, que marca la pauta de las relaciones entre hombres y mujeres y la desvalorización o desprecio de las contribuciones de las mujeres y de lo femenino en general”.

Kroneberger manifestó que la violencia de género “no sólo recae en las mujeres, sino también en todo aquello que represente los valores femeninos, así podríamos hablar de violencia de género sobre un hombre cuando su entorno no acepta en él rasgos femeninos, obligándolo de esta manera a seguir los preceptos de masculinidad tradicionalmente establecidos”.

“Este origen social y cultural de la violencia de género, así como su dependencia de los procesos de socialización es lo que explica la necesidad de una acción preventiva con niños/as y jóvenes para erradicarla. El objetivo básico es poder introducir modificaciones en la socialización de género”, manifestó.

Consideró que “si bien todos estos avances han sido auspiciosos en pos de la defensa de la mujer, las mayores actividades se centran en el mundo de los adultos, dejando de lado el hincapié que debe hacerse en los más chicos mediante la educación a fin de desterrar las políticas y valores patriarcales. Si bien la perspectiva de género se encuentra plasmada en la Ley 26.150 de Educación Sexual Integral, entendemos que la misma excede el ámbito de la educación sexual incluyendo otras tales como las situaciones vividas a nivel laboral y social entre por mencionar solo algunas. Por ello, estimamos de suma importancia el poder brindar a la población en edad escolar, un espacio de reflexión específico para desterrar la violencia contra la mujer y evitar su constitución en víctimas o victimarios de la violencia de género”.

“Creemos que en la actualidad los ámbitos educativos, sobre todo la escuela primaria y el nivel inicial, han tenido que acoger funciones formativas que antiguamente correspondían al ámbito familiar, por lo que desde este espacio debe partir la educación relacionada con los valores y principios que hacen a la calidad humana”, sostuvo Kroneberger

Culminó diciendo que en 2012 en Argentina “según el Informe de Investigación sobre Femicidios en Argentina, elaborado por el Observatorio de Femicidios en Argentina que tomó como referencia lo publicado en todo el año por las agencias de noticias TELAM y DyN- se registraron 255 femicidos. 95 de estas mujeres fueron asesinadas por sus esposos, parejas, o novios mientras que 65 de ellas fueron asesinadas por sus ex. En 11 casos, el delito fue cometido por padres o padrastros, 21 mujeres fueron matadas por algún familiar y, 18 de ellas, por vecinos o conocidos. Pese a estas cifras, tal vez por miedo de las mujeres involucradas o tal vez por indiferencia institucional sólo un poco mas del 10% de los casos contaba con denuncias previas y menos del 5% con orden de exclusión del hogar o prohibición”.

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