La intendenta María Eugenia Martini se refirió al fallo judicial que ordenó el desalojo del Puerto San Carlos, y ponderó la "recuperación del espacio público". Para la Justicia, la comuna cumplimentó todos los pasos establecidos por la ley para proceder al desalojo, y el plazo para la restitución del inmueble “está ampliamente vencido”.
Una vez conocido el fallo de la Cámara de Apelaciones, la intendenta María Eugenia Martini valoró la recuperación del espacio y aseguró que la medida pone fin a "27 años de desidia, incumplimientos y falta de compromiso con toda la comunidad de Bariloche”.
En este sentido, Martini consideró que “es un gran paso para la recuperación del espacio público", destacando la labor del equipo de Asesores Letrados del Municipio.
La sentencia, firmada por los jueces Emilio Riat, Carlos Cuellar y Edgardo Camperi, desestimó los planteos de “inconstitucionalidad” formulados por la empresa privada y rechazó todas las excepciones presentadas.
En abril de 2013, el Gobierno Municipal rescindió la concesión del Puerto San Carlos “ante la falta de respuesta después de que el Ejecutivo otorgara amplios plazos para que la empresa regularizara su situación de pagos de canon adeudados, ya que nunca se registró un pago durante todo el período de concesión, y realizara las obras de infraestructura pendientes, entre ellas trabajos de mantenimiento y equipamiento, culminación de obras no terminadas y la contratación de un seguro de responsabilidad civil e incendio”, se indicó en un parte de prensa.
Si bien la Cámara de Apelaciones dio la razón a los planteos de la Asesoría Letrada del Gobierno Municipal, se informó que el fallo es recurrible, “de manera que habrá que esperar a que la decisión de los jueces quede firme para poder realizar el desalojo efectivo”.
Asimismo, se enfatizó que la sentencia estableció que la resolución de la Intendenta “cuenta con presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria”. También se dio a conocer que los jueces consideraron que la decisión de Martini “luce extensamente fundada”, y que la comuna cumplimentó todos los pasos establecidos por la ley para proceder al desalojo y que el plazo para la restitución del inmueble “está ampliamente vencido”.
En su parte resolutiva, el fallo ordena “una vez firme la presente, librar mandamiento de desalojo contra Emprendimientos Bariloche S.A., Bach S.R.L., Powerlink S.R.L., Marcelo Fraciano y Magma S.R.L., personas que de ellos dependan, subinquilinos y demás ocupantes que hubiere en el área del Puerto San Carlos”. Además, les impuso a los demandados las costas del juicio.

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