Malvinas Argentinas Intentan crear dos Juzgados de Garantías

El senador provincial Roque Cariglino, de Malvinas Argentinas, promovió el estudio de la Ley 5.827 que dispone la creación de dos Juzgados de Garantías que dependerán del Departamento Judicial de San Martín. El proyecto está siendo analizado por el Senado y la Cámara de Diputados bonaerense, y será tratado en Comisión.
“El hecho de que los sectores marginados de la población no tengan acceso al servicio de la justicia, determina capacidades diferentes de emplear el poder coercitivo del Estado para obtener o defender derechos y libertades personales. Esta carencia de justicia, unida a la creciente falta de confianza en jueces y abogados especialmente por la población de menos recursos, mina la Legitimidad del Estado y socava las instituciones democráticas”, reza uno de los párrafos de los fundamentos que presentó el senador Roque Cariglino para impulsar la sanción de la Ley 5.827, sin faltar en el significado de una ínfima palabra a la verdad de una situación que preocupaba.

El expediente 296/1011 begin_of_the_skype_highlighting              296/1011      end_of_the_skype_highlighting begin_of_the_skype_highlighting 296/1011 end_of_the_skype_highlighting guarda las palabras del senador provincial que intenta impulsar la creación dentro del Departamento Judicial de San Martín, de dos Juzgados de Garantías con asiento en la ciudad de Malvinas Argentinas y competencia exclusiva en los partidos de esta sede, San Miguel y José C. Paz, cubriendo entonces una zona que dependen directamente del partido de San Martín.

Entre los fundamentos –un extenso e informativo texto de más de tres páginas-, el senador Cariglino afirma que “la administración de Justicia de nuestro país atraviesa una crisis que afecta profundamente la confianza pública en las instituciones democráticas. Las bases del sistema democrático se deslegitiman cuando se tolera una progresiva discriminación por razones de situación económica en el acceso a la justicia”.

Y luego, advierte que “un departamento judicial implica una estructura autónoma de la administración de justicia que incluye a todos los juzgados de primera instancia y cámara”, pero, a su vez, el derecho de acceso efectivo a la justicia se encuentra garantizado por el artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y -de forma clara y expresa- la Ley Suprema de la Provincia asegura el derecho de todo individuo al acceso irrestricto a la justicia y prescribe la gratituidad de los trámites y asistencia letrada a quienes carezcan de recursos suficientes.

Entonces, Cariglino explica que “los partidos de Malvinas Argentinas, San Miguel y José C. Paz pertenecen jurisdiccionalmente al Departamento Judicial San Martín que se encuentra ubicado en la ciudad de General San Martín y tiene competencia además sobre el partido de 3 de Febrero”. Si se hace una descripción de la población que vive en la región metropolitana de Buenos Aires, sobre datos ciertos de la realidad nos permite aproximarnos a la situación de vulnerabilidad en que se encuentran.

Allí es donde el senador funda los motivos más fuertes para la acertada propuesta que promovió entre el cuerpo de Senadores y Diputados de la provincia. De todas formas, una vez enmarcada la situación constitucional, Cariglino también analiza la relación entre la justicia y la sociedad, explicando con precisión la situación de los sectores más pobres de la población con las autoridades legistas que imparten justicia en la región.

“La relación entre las personas que se encuentran bajo la línea de la pobreza, potenciales requirentes de servicio de patrocinio gratuito y los defensores oficiales para causas no penales es absolutamente desproporcionada”, afirma Cariglino.

Además, el senador agrega que, “en casi el 50% de los hogares de José C. Paz, San Miguel, Moreno y Malvinas Argentinas, no llegan a cubrir con sus ingresos las necesidades básicas de subsistencia”. A la vulnerabilidad de la situación social que describen los datos se puede agregar la relación de conflictividad con el sistema jurídico que mantiene un gran número de personas en esta región.

Luego, en un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales elaborado en el 1997, publicado por el senador entre los fundamentos de su proyecto, demostraba que existía una enorme complicación para conseguir un abogado no penal en el conurbano bonaerense, situación que en el ex General Sarmiento se incrementaba si se calculaba que la Departamental asignada para la zona era la de San Martín, que juntaba además a Gral. San Martín y Tres de Febrero.

Entonces, para una población total de casi un millón y medio de personas tan sólo hay dos abogados no penales.

Finalmente, la elección de la instalación de los juzgados en la ciudad de Malvinas Argentinas se justifica en el asiento de las fiscalías descentralizadas ya instaladas en ese mismo distrito, con lo cual se podría brindar el servicio de la justicia con mayor competencia y eficacia determinando su locación allí.

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