Días atrás, a través de la resolución 3066, el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires dispuso que los menores de 21 años no podrán exponerse a los rayos de camas solares y pantallas, con excepción de los casos de necesidad terapéutica justificados por profesionales médicos, mediante certificados.
Con carácter de ordenanza, desde el bloque Unión Celeste y Blanco proponen, además de la prohibición para ese sector etario, que los establecimientos dedicados a esta actividad cuenten con un médico director que supervice y autorice las aplicaciones.
Además, el proyecto fija que "en la puerta de ingreso a los establecimientos comerciales que brinden este tipo de servicio y en su sala de espera, deberán exhibir un cartel que advierta claramente sobre los riesgos para la salud que genera la exposición a estos rayos".
Por otra parte, también se establece que los comercios del rubro deberán contar con un "libro de consentimiento", donde el cliente firme su acuerdo y conformidad de aplicarse estos rayos conociendo el peligro de sus efectos.
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