El jueves 8 de marzo, en el Acto central por el Día Internacional de la Mujer, que se realizará en la Plazoleta de la Mujer, ubicada en Velez Sarsfield y Alsina, el jefe Comunal recordará la figura de Magdalena Gómez de Díaz Altamirano. Acompañamos una pequeña semblanza de esta mujer.
En 1689 se casó con el Capitán paraguayo Agustín Díaz Altamirano con quien tuvo cinco hijos: María, Francisca, Miguel, Gabriel y Rafael
En el año adquieren la estancia que fue propiedad de Ana de Matos, esta estancia incluía
la actual zona histórico – basilical.
El Capitán Agustín Díaz de Altamirano murió tempranamente dejándola sola con sus hijos, nueras y nietos y luego, la abandonan sus tres hijos varones falleciendo con tres años de diferencia de fiebre gangrenosa o viruela.
El gobernador Salcedo, con el apoyo de los habitantes de la zona sostenía que era muy necesario crear un fuerte para detener el avance de los indios y fundar un poblado cercano a Buenos Aires, con una plaza en forma de damero, como estaba establecido por orden de España. Y habiendo una capilla con curato en ese lugar, las tierras de Magdalena resultaban excelentes para un asentamiento, ya que cruzaban el Camino Real hacia el norte.
Ya anciana, Magdalena Gómez de Díaz Altamirano, que sabía de los ataques de malones y con la certeza de que pronto moriría dejando solo a un nieto a cargo de la estancia, decidió donar entre diez y doce manzanas de sus tierras para que se construyera una plaza (actual plaza Belgrano) y se asentaran las viviendas de los pobladores de la que más adelante sería la Villa de Luján. A continuación transcribimos su testamento, que data del 3 de enero de 1742, pocos días antes de su muerte.
“Declaro que por la hostilidad e invasiones del enemigo que ha despoblado la frontera, el Señor Gobernador y Capitán General a pedimento de partes, me pidió un retazo de tierras frente a la Capilla de Nuestra Señora para que se poblase la gente que conocía derrotada y, habiéndose tasado el territorio en su contorno a real y medio la vara, es mi voluntad se pueblen, comprando en la conformidad y precio de la tasación en diez a doce cuadras para la plaza; y en cuanto al dinero que fructificaren las cuadras, corran mis albaceas con él, para repartirlos entre mis herederos sin que ellos pongan embarazo a esta determinación, porque así es mi voluntad, para que conste”. (A.G.N: Testamento de Magdalena Gomez. Sucesiones 6252, legajo 4-6; letra L. Tierras de Luján)
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