Liberación de contraventores: el decreto firmado por el gobernador Closs viola la independencia de poderes

Liberación de contraventores: el decreto firmado por el gobernador Closs viola la independencia de poderes
De acuerdo con el especialista en Derecho Penal Jacobo Mass, el decreto 584 con fecha 24 de mayo de este año, que recién fue publicado en el mes de agosto, es inconstitucional y viola el principio de independencia de los poderes.
Mass destacó que el gobernador no puede autorizar la salida transitoria de un detenido por una falta contravencional, dado que esto es potestad del juzgado de Paz que ordenó la detención.

En este sentido, el abogado penalista explicó que el decreto que permite la salida transitoria de contraventores para participar en actos proselitistas del partido gobernante, “desconoce la naturaleza de una contravención, que es una falta administrativa. El gobernador sólo puede conmutar penas”, consignó, reiterando que el decreto es ilegal y que el juez de Paz “puede desobedecer la orden porque hay un conflicto de poderes”.

Mass no dudó en señalar que el decreto propuesto por Franco y firmado por Closs es ilegal, porque no corresponde al ejecutivo determinar las salidas transitorias de contraventores. “Este decreto (implica) desconocer la naturaleza de una contravención, que es una falta administrativa. Por eso tiene una instancia policial pero también una revisión por un juez de paz. (Es este quien) confirma la sanción, no la aplica la comisaría”, dijo.

“Así que (el decreto) es revisable judicialmente. ¿Cómo va a estar el gobernador por encima de un juez, aunque sea uno de paz? El magistrado puede desobedecer la orden porque hay un conflicto de poderes. Si se quiere atacar la validez de ese decreto, necesita de un juez que lo declare inaplicable por inconstitucional, si ud. consigue uno que lo haga…”, comentó haciendo obvia referencia a la dependencia del poder judicial del poder político. “Si los pocos jueces independientes están aterrados (con el poder político), es muy difícil que algún magistrado (declare inconstitucional el decreto)”, insistió Mass.

“En el caso de los contraventores, son autores de un pequeño delito que no alcanza por su gravedad, el ingreso en el código penal. (La contravención) tienen sanción de arresto, multa y alguna que otra sanción que la provincia le puede imponer. No existe un sistema de excarcelación porque los arrestos son muy breves”, explicó el letrado, quien consideró que la utilización de contraventores en actos políticos de la Renovación, no sólo “da una pésima imagen”, sino que “representa una ruptura del principio de igualdad ante la ley. Porque quién establece el criterio de selección de libertad anticipada en materia de contravención. ¿Quién es el dador del beneficio? Siempre tiene que ser un juez, el gobernador lo único que puede hacer es conmutar penas, por causas penales y en la historia de Misiones jamás sucedió”, remarcó el abogado.

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