La Legislatura modificó la ley del Parque Provincial Iguazú para clarificar conflicto con la Nación

La Legislatura modificó la ley del Parque Provincial Iguazú para clarificar conflicto con la Nación
Los diputados aprobaron el proyecto presentado por Carlos Rovira para incorporar un artículo que refiere expresamente a la imposibilidad del Poder Ejecutivo de realizar actos, o disponer medidas reglamentarias, para la aplicación de la Ley XVI Nº 99, que pudieran afectar los fines del Parque Nacional Iguazú.
Además, se especifica que las decisiones que pudieran afectar los recursos naturales y ambientales las adoptará con conocimiento de los concejos deliberantes de los lugares comprometidos. La ley entrará en vigencia a partir de su sanción.

La ley mediante la cual se creó el Parque Provincial del Río Iguazú es el resultado de una legislación estratégica dirigida a proteger los recursos naturales en el marco del ejercicio de facultades y atribuciones provinciales que no han sido delegadas a la Nación. La norma apunta a la prevención y conservación de la singular flora y fauna existente dentro de los límites del parque así como las cataratas, bienes del dominio público que le corresponden a Misiones.

Pero una acción judicial entablada por la Administración de Parques Nacionales contra la provincia, pretendiendo la reivindicación de un dominio sobre bienes que no le fueron transferidos, ha provocado la provisional suspensión de la vigencia y aplicación de ley y sus reglamentos.

En tal contexto, considera el autor de la propuesta, “se encuentra en grave riesgo la vida existente en nuestro Parque Provincial del Río Iguazú, el que resulta patrimonio de todos los misioneros y que una vez perdido no se recuperará jamás”.

“Igual riesgo corresponderá a los habitantes de la zona sobre la conservación de los recursos que posibilitan su vida digna y, en algunos casos, hasta su subsistencia, extremo que justificaría la consulta con los Concejos Deliberantes de los lugares comprometidos en la toma de decisiones de conservación”, agrega.

Entonces, la incorporación del artículo propuesto por Rovira “se hace necesaria para clarificar que la provincia no realizará actos que afecten los fines específicos del establecimiento de utilidad nacional del Parque Nacional Iguazú, dejando a salvo las facultades conferidas a la provincia mediante la carta magna”, según él mismo lo explica en los fundamentos.

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