El sistema ya lo aplica el 40% de los taxis y remises de Mendoza. Pero aún falta la normativa.
El 16 de setiembre colocaron cámaras que fotografían a pasajeros en el 40% de los taxis y remises de la provincia, gracias a que el Ministerio de Seguridad dio el visto bueno a esta iniciativa del sector privado. Pero lo que no se tuvo en cuenta es que no hay una ley que regule esto, sino que estaban amparándose en una norma que permite el uso de videocámaras en espacios públicos, pero no en los servicios de transporte.
"El problema se va a presentar cuando algún pasajero demande por captación ilegítima de imágenes y el juez tenga que darle la razón, porque no existe una legislación provincial que así lo contemple", dijo Petri.
Es por ello que el tratamiento de este proyecto permitirá llenar el vacío legal que se produjo con la implementación de este nuevo sistema.
La utilización de las cámaras de video en el interior de los taxis y remises es un instrumento útil para la prevención y represión de los delitos a la que esta actividad se encuentra expuesta. Ante ello, se debe establecer el marco regulatorio, respecto del uso y tratamiento de imágenes con fines de vigilancia en su interior, instituyendo de
garantías a las personas cuyas imágenes son tratadas mediante tales procedimientos.
Toda cámara capta a las personas físicas, por esto, la grabación de la imagen de un ciudadano es un dato personal y genera un tratamiento de datos. El mismo, comprende la grabación, captación, transmisión, conservación y almacenamiento de imágenes, incluida su reproducción o emisión en tiempo real, así como el tratamiento que resulte de los
datos personales relacionados con aquellas.
El proyecto prevé conservar las imágenes obtenidas durante seis meses y, si la grabación captara la comisión de hechos que pudieran ser constitutivos de ilícitos penales, el operador pondrá la cinta o soporte original de las imágenes y sonidos en su integridad a disposición judicial en forma inmediata y, en todo caso, en el plazo máximo de 24 horas desde su grabación.
La existencia de videocámaras debe informarse mediante un cartel indicativo de manera clara y permanente ubicada tanto en el interior como en el exterior del vehiculo.

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