Laura Spoturno será juzgada por cocinar cocaína en su casa

Laura Spoturno será juzgada por cocinar cocaína en su casa

La mujer es esposa de Elbio Gonzalo Caudana, quien ya fue condenado por transporte y comercialización de estupefacientes a la pena de seis años de prisión, que ya terminó de cumplir.

Hoy comenzará el juicio contra María Laura Spoturno, quien llega acusada por dos hechos: tenencia de droga con fines de comercialización y guarda de elementos destinados a la fabricación de estupefacientes. Está previsto que durante hoy, mañana y pasado declaren 16 testigos ante el Tribunal Oral Federal de Paraná.

Spoturno es la esposa de Elbio Gonzalo Caudana, quien ya fue condenado por transporte y comercialización de estupefacientes a la pena de seis años de prisión, que ya terminó de cumplir.

A la acusada le endilgan el hecho ocurrido el 30 de agosto de 2013, cuando la Policía Federal advirtió que la mujer entregó un kilo y medio de cocaína de máxima pureza a María Inés Tomaselli para que esta los comercializara en las calles de capital provincial. Por este suceso, a su vez, Tomaselli fue condenada en diciembre de 2014 a la pena de cuatro años y dos meses de prisión.

El segundo hecho fue unos días después, tras un allanamiento en su domicilio donde se le secuestraron precursores químicos, una prensa hidráulica, anafes para cocinar cocaína, garrafas con quemadores, tubos cilíndricos que sirven de moldes para las “tizas” de cocaína y cinta para embalar la sustancia, entre otros elementos.

Todo esto sucedió cuando Spoturno estaba cumpliendo prisión domiciliaria en su hogar debido a una condena de cinco años y seis meses de prisión por tráfico de estupefacientes, dictada en 2011. Llega al juicio detenida en la Unidad Penal de Mujeres. Los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros le habían negado la excarcelación “en razón de existir razones objetivas para sostener que su liberación constituía un riesgo para la celebración del debate, puesto su ostensible comportamiento contrario a cumplir las obligaciones impuestas como reglas de conducta a su cargo”.

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