El sacerdote Miguel Pessuto fue sobreseído definitivamente por la Justicia Provincial de la causa por usurpación que tuvo que enfrentar debido a una denuncia formulada por el Instituto Provincial de la Vivienda, tras haber autorizado el ingreso y asentamiento de varias familias a un terreno del barrio 20 de Julio de esta capital el 19 de setiembre del año pasado.
El juez recordó que para que se configure el delito de usurpación debe existir dolo o intención, algo que en este caso no ocurrió porque el sacerdote estaba convencido de que el IPV ya había cedido el predio a la Iglesia, independientemente de haber verificado o no la transferencia de dominio sobre el terreno en cuestión.
Solicitud
Quedó probado en la causa judicial que el Obispado solicitó formalmente al IPV la adjudicación del predio, algo que fue admitido por el funcionario del IPV que hizo la denuncia cuando tuvo que ir al Juzgado a ratificar los cargos.
En el mismo sentido, al declarar como testigo el jefe del Departamento Catastro del IPV admitió que tenía conocimiento del trámite de donación efectuado a favor del Obispado sobre el lote en cuestión, el cuál, según él, ya se encontraba concluido, y dijo que los dichos del padre Pessuto "se ajustan rigurosamente a la verdad". Incluso reveló que en su rol de titular de Catastro se encargó personalmente de la mensura y parcelamiento del barrio 20 de Julio, incluida la manzana en cuestión, para poder iniciar el trámite de cesión de la parcela al Obispado de Formosa.
A su turno, el sacerdote reconoció haber ofrecido provisoriamente al grupo de familias parte del referido inmueble, pero aclaró que lo hizo con el convencimiento de que dicho predio había sido donado por el IPV a la parroquia "Sagrada Familia", según el compromiso oficial conferido a través de la intervención del concejal José Alloi.
Así las cosas, sobre la base de la "palabra empeñada" y las gestiones administrativas realizadas –mensura del lugar y el formal pedido realizado por el Obispado- el padre Pessuto declaró ante el juez tener la convicción de que poseía facultades de disposición sobre dicho inmueble, circunstancia que a criterio del juez quedó plenamente probada en el proceso por los dichos de todos los testigos que declararon en la causa.
Lamentable
En párrafo aparte, el juez Guillen fustigó a los funcionarios del IPV que promovieron la denuncia contra el religioso a los que calificó de "negligentes" desempeñando un "lamentable papel institucional", al pasar por alto los trámites administrativos que estaban en curso para concretar la donación del inmueble.
Sostuvo el magistrado que no puede dejar de destacarse el lamentable papel institucional que han desempeñado algunos funcionarios públicos provinciales del IPV, "quienes parece haber dado muestra de un importante grado de negligencia en el cumplimiento de sus funciones, ya que aparecen denunciando un hecho aparentemente delictivo sin informarse previamente de circunstancias relevantes para el caso y que le otorgaban otro cariz.
Estoy refiriéndome –aclaró- a que dichos funcionarios han omitido tener en cuenta las gestiones administrativas efectuadas por la Iglesia para la obtención de la transferencia del dominio del inmueble en cuestión, plasmadas en actuaciones que se tramitaban ante el mismo organismo que promovió el inicio de la presente causa".
Estimó Guillen que situaciones de esta naturaleza conspiran contra una adecuada administración de justicia y generan, al mismo tiempo, un clima desfavorable en la relación entre entidades públicas y representantes de organismos religiosos.
En virtud de esto, elevó copia de la resolución al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Gobierno, "para su conocimiento y fines que estime corresponder".
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