San Juan.- El juez Miguel Gálvez rechazó el pedido de amparo presentado por el dirigente político luego de ser expulsado y resolvió que está “extinguida su afiliación” a esa fuerza política, por lo que ordenó su eliminación del padrón. Sus ex correligionarios piden que no se lo considere dirigente partidario.
El proceso
Los últimos días de diciembre del año pasado, el Tribunal Electoral del PRO de San Juan decidió expulsar a Acosta de las filas partidarias por “priorizar un proyecto político personal” y encontrarlo “incurso en las causales de violación a la Carta Orgánica, deslealtad e inconducta y consumación de perjuicio económico, patrimonial y financiero en detrimento del partido y de sus afiliados”.
Al tomar conocimiento de la resolución partidaria, el ahora ex dirigente del PRO presentó en febrero, terminada la feria judicial, un pedido de amparo ante la Justicia Federal en la provincia, solicitando el levantamiento de sanción por considerar que había sido violado su derecho a defensa.
En ese momento, Acosta, en declaraciones a Diario El Zonda, negó todas y cada una de las acusaciones esgrimidas por las autoridades del PRO y dio su propia versión de los hechos.
“En ningún momento me atribuí la representación del partido para conformar frentes con otras fuerzas políticas”, había dicho Acosta, calificando de “absurdas” las acusariones y anticipó que recurrirá esta medida con una acción de amparo ante la Justicia “y también enviaré una nota a las autoridades nacionales del PRO para desnudar esta maniobra tan al tono con los manejos de la vieja política”.
Si bien no se sabe cuál fue el resultado de sus gestiones con la conducción nacional partidaria, si es que realmente fueron llevadas adelante, ayer trascendió la resolución del juez Gálvez a la medida judicial que solicitó y a la que tuvo acceso en exclusiva este cronista.
La resolución del magistrado, que quedó firme al vencerse todos los plazos de apelación, analiza en sus considerandos tanto los argumentos esgrimidos por la autoridad partidaria para decidir su expulsión como los planteos de Acosta, sobre todo el referido al derecho de defensa.
Al evaluarlos, el juez concluye que Acosta “ejerció plenamente su derecho de defensa” y que, por otro lado, se privó a sí mismo de apelar las deciciones del tribunal disciplinario: “Esta vía recursiva no fue optada por el reclamante, aún no habiendo existido obstáculo alguno para valerse de la misma”, señala el magistrado.
Por todo lo expuesto, el juez Gálvez resolvió finalmente tener “por extinguida la afiliación al partido PRO del ciudadano Wbaldino Julio Acosta Zapata”, al tiempo que ordenó “extraer su ficha de afiliación partidaria” y darlo de baja del padrón partidario.
Consecuentemente con el dictamen judicial y las anteriores medidas partidarias, las autoridades del PRO en San Juan solicitaron a los medios que Acosta no sea ya considerado uno de sus dirigentes partidarios de aquí en adelante.

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