El juez electoral subrogante Alejandro Fernández rechazó el planteo elevado por el secretario de Hidrocarburos de la Provincia, Eduardo D'Andrea, en cuanto a la existencia de "requerimientos incumplidos" para dar validez a la consulta popular que reunió más de 20 mil firmas pidiendo la no ampliación de plazos al convenio firmado con la empresa TDFEyQ SA de capitales chinos.
En un manuscrito de una carilla, Fernández le dice a D'Andrea que la actuación de ese juzgado, "activó por requerimiento del Poder Legislativo Provincial, al solo efecto de aplicar analógicamente el artículo 7º de la Ley Nacional 247 que reglamenta la iniciativa popular dispuesto por la Constitución Nacional ante la falta de la reglamentación correspondiente en jurisdicción provincial, dispuesta por el artículo 207 de la Constitución Provincial". Informándolo que "por ello no corresponde en esta instancia, avanzar en lo peticionado, debiendo el presentante ante el Poder Legislativo, quien inició y tramitó la cuestión planteada".
A fines de octubre el Gobierno de la Provincia a través de su Secretario de Hidrocarburos le había solicitado a la Justicia Electoral "se expida sobre una serie de cuestiones vinculadas" a la iniciativa popular que presentaron vecinos y militantes del Partido Federal Fueguino a la Legislatura, pidiendo el rechazo de la Cámara de los nuevos plazos que solicitó la gobernadora Fabiana Ríos para el depósito de los 27 millones de dólares que nunca llegaron.
En sus fundamentos, el Secretario de Estado de la gestión arista sostenía la existencia de "requerimientos incumplidos" sobre la mecánica utilizada para formular el petitorio de iniciativa popular, al opinar que la petición no fue redactada en forma de proyecto de ley, que no existían motivos fundados sino que éstos fueron reemplazados con un eslogan, que no había una descripción de gastos y origen de los recursos para llevar adelante "semejante movilización y fundamentalmente quien los financió", y que no se verificó "en un plazo no superior a 10 días previos a la circulación y recolección de firmas, del resumen impreso del proyecto de ley presentado y la mención de su o sus promotores".

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