La Cámara en lo Contencioso Administrativa Sala II de la Justicia tucumana corrió traslado al expediente por el cual un afiliado reclamó por la falta de realización de elecciones internas para la conformación de las listas de candidatos a ocupar cargos ejecutivos con vista a las elecciones provinciales del próximo 23 de agosto.
La Cámara Contencioso Administrativa Sala II integrada por los Dres. Carlos Eugenio Giovanniello y Rodolfo Napoleón Novillo, en el marco del Juicio PAZ ROQUE RAUL C/ PARTIDO JUSTICIALISTA - DISTRITO TUCUMAN S/ AMPARO ELECTORAL, Expte. 192/15, con fecha 30.07.2015 se ha ordenado oficiar al Partido Justicialista con domicilio en calle Virgen de la Merced Nº 157 a los fines de que informe por que no realizó las internas del Partido Justicialistas como lo manda los arts. 64 y 65 de la Carta Orgánica, los art. 41 y 42 de la Ley 5454 y el art. 38 de la Constitución Nacional
Asimismo deberá explicar la razón por la cual se realizó el acta apócrifa del Congreso del P.J. de fecha 17-05-2015 en la que sin quórum especial de 2/3 que exige la Carta Orgánica se decide suspender la interna del Partido Justicialista.
Se hace constar que se encuentra facultado para diligenciar el oficio el Dr. Salvador Iovanni abogado del Ex Legislador y ex Presidente del Congreso del P.J. Roque Raúl Paz que es quien lleva adelante el juicio en contra de las candidaturas del F.P.V. designadas a dedo y sin cumplir con la obligación legal de internar obligatorias que exige la normativa legal y constitucional de democracia interna en los partidos políticos.
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