El juicio por trata de personas definirá la causa del crimen de Farabello

El juicio por trata de personas definirá la causa del crimen de Farabello

Si condenan a Campoamor y Manzanares por explotación sexual de una menor, la víctima, que a su vez está procesada por matar a Mario Farabello, no recibirá condena, porque la ley la protege.

En diciembre de 2011, la Gendarmería Nacional rescató en Victoria a una adolescente que era trasladada a otra provincia, con el presunto fin de explotación sexual por parte de dos hombres. Se inició una causa por trata de personas contra José Cándido Manzanares, de 70 años, y Dardo Rubén Darío Campoamor, de 65. Un año y medio después, la misma chica asesinó a Mario Farabello, en un departamento céntrico de esta ciudad en confusas circunstancias.

Ahora, el juicio a los dos acusados de prostituirla quedó signado por la causa del homicidio. La víctima de trata, que a su vez es acusada del homicidio de Mario Farabello, declaró en Cámara Gesell que fue captada y amenazada para mantener relaciones sexuales con hombres, por las que cobraban dinero Manzanares y Campoamor. Por esto, la Fiscalía pidió siete años de prisión para ambos, por el delito de Captación y traslado de una menor de edad con fines de explotación sexual.

Por su parte, los defensores afirmaron que la víctima mintió, para beneficiarse en la causa por el homicidio: la ley de Trata no permite condenar a ninguna víctima de este delito por ningún otro ilícito cometido bajo esta situación de sometimiento. Por eso, si condenan a Manzanares y Campoamor, se confirma que ella fue víctima de explotación sexual, y por lo tanto quedará sobreseída por el crimen de Farabello.

Si bien el asesinato ocurrió luego de que la chica fue rescatada, un mensaje de texto de Manzanares a su celular una hora antes del crimen probaría que cuando mató al hombre, la adolescente seguía bajo su dominio.

Ante este planteo, el Tribunal Oral Federal de Paraná, integrado por Noemí Berros -presidenta-, Lilia Carnero y Roberto López Arango, postergó el debate y la sentencia, ya que consideró que es necesario analizar el expediente por el crimen de Farabello, y sacar conclusiones al respecto. Más adelante se realizará la reapertura de los alegatos, donde la partes se podrán referir solo a este punto en cuestión.

 

Dispares visiones sobre la víctima

En los alegatos escuchados ayer, el fiscal general José Ignacio Candioti afirmó que la declaración de la víctima fue contundente: se reconoció como víctima del delito de trata de personas, y dio detalles de cómo era la explotación sexual. Primero sufrió una violación, y luego la prostituían en asados con otros hombres, la llevaban a hoteles (Blen y Kirirí) o a “la chacra del Gordo Gregorio”. Y contó que por esas relaciones sexuales cobraban los dos imputados. “Se juntaban a comer asados y a cogerse a las pendejas, yo estaba ahí obligada”, declaró. También mencionó que la llevaban a lo de un cliente en Buenos Aires, como lo iban a hacer aquel día que la llevaban a Córdoba.

Los defensores Guillermo Vartorelli y Miguel Cullen (de Campoamor) y Mario Figueroa (de Manzanares) sostuvieron que hubo circunstancias que llevan a la menor a cambiar sus dichos por protagonizar un hecho luctuoso, que condicionó su declaración en este proceso. Ella le atribuye el homicidio a la situación de trata en que estaba, asesorada por su defensor, ya que la ley de trata dice que la víctima no puede ser culpable de otro delito. Entonces, afirmaron, fue un testimonio en defensa por la imputación del homicidio, ya que en todos los testimonios anteriores al del juicio, no surgió que haya sufrido ninguna explotación sexual.

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