En medio de la polémica entre el gobierno nacional y la justicia por el control a jueces y magistrados, el presidente de la Sala II de la Cámara Penal, Luis Kamada, aseguró que es inconstitucional la propuesta legislativa que abre la posibilidad de remover a un juez si este no aprueba un hipotético examen periódico, en el convencimiento de que entre las causales de remoción que la carta magna contempla no cabe tal interpretación.
Además denotó, con suspicacia, que los fallos adversos a las pretensiones oficialistas en los candentes temas parlamentarios que se presentaron en lo que va de 2010 pueden explicar tales aspiraciones de mayor control.
Kamada remarcó que cualquier iniciativa tendiente a ejercer control sobre Jueces o funcionarios de cualquier naturaleza está legitimada por la autorización que en tal sentido establece la Constitución. "Esta mecánica de control tiene que ser hecha en función de los objetivos que tiene cada Poder del Estado, tales controles existen, y el control mayor que se puede ejercer es la presencia en las audiencias orales y públicas; el control allí es totalmente directo" expresó.
Sin embargo hizo diferencia entre tal situación y las iniciativas que alientan los legisladores aliados al gobierno. "Ahora, cuando el control quiere ejercerse en relación a ciertos aspectos de la privacidad de los funcionarios en cuestión, o de los Jueces, entiendo que allí también obra una suerte de limitación de carácter Constitucional, porque, por la referencia que tenemos de alguno de estos proyectos, parecen hacer caso omiso de lo que establece el artículo 19 de la Constitución nacional; lo cual llama la atención, y lo digo a título personal".
Y de una vez, el magistrado no dejó dudas sobre las razones a su entender de esta arremetida contra los jueces, al expresar que la intencionalidad política debido a los fallos adversos, "quizá sea un factor que explica la iniciativa. Para ponerlo en términos más claros habría que preguntarse si la misma iniciativa es válida para aquellos jueces que fallan a favor de ciertas pretensiones de aquellos que precisamente hoy quieren investigar a los jueces que fallan en contra. Si hay una diferencia entre quienes fallan a favor de ciertas pretensiones y quienes lo hacen en contra, la misma está deslegitimando la iniciativa".
Sobre la evaluación periódica que estipularía la posible remoción de Jueces, Kamada consideró que "es excesiva". "No dudo que los Jueces podemos llegar a estar sometidos a cierto proceso evaluativo en relación, por ejemplo, a nuestra actualización en materia de capacitación. No puedo ejercer un cargo para el cual ignoro novedades en la materia, y en el fuero en que estoy desempeñándome, eso me invalidaría como juez. De todas maneras, la sociedad se va a dar cuenta cuando vea esa deficiencia reflejada en las sentencias, sin necesidad que una vaya a un proceso evaluativo de esta naturaleza. El control es positivo, porque obligaría a la magistratura a estar permanentemente actualizada, lo que no comparto es que este proceso tenga consecuencias de remoción" sentenció.
Asimismo señaló la única forma posible para que el proyecto encuentre asidero. "Salvo que haya algún proceso de reforma constitucional en materia de las causales de remoción, puesto que estas no mencionan el no haber aprobado un régimen evaluativo como el que se propone. Sí el mal desempeño del cargo, que es una cuestión totalmente distinta al sistema evaluativo. Lo que marca el criterio es la constitución, de ahí para abajo todo nada, para arriba todo".
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