Omar Varela saluda y abraza al intendente Inza al concluir la primera interpelación que se le siguió al jefe comunal, el 19 de noviembre de 2012.
A través del Decreto Nº 203, fechado el 3 de febrero de este año, el intendente José Inza autorizó al STMA un nuevo código de descuento para hacer retenciones en los haberes de sus afiliados que podrá ser usado únicamente por el convenio firmado entre el gremio y una cooperativa de Buenos Aires. La cuestión es que se contrapone a otro decreto de 2006 que establece que los convenios para determinadas operaciones deben ser suscriptos entre el Ejecutivo y la entidad, no entre ésta y el gremio. Además, tampoco establece en concepto de qué se le está otorgando el código. Dudas ante este nuevo decreto del jefe comunal.
El 3 de febrero pasado, el intendente José Inza y el secretario de Economía y Finanzas Daniel Mujica, firmaron el Decreto Nº 203 a través del cual autorizan al Sindicato de Trabajadores Municipales de Azul conducido por Omar Varela a tener un nuevo código de descuento para operar con una cooperativa de crédito, vivienda y consumo radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La cuestión es que la apertura del nuevo código es “a favor” del STMA y merced a un convenio entre ese gremio y la Cooperativa Credikot, lo que se contrapone a otro decreto del año 2006 -aún vigente, por lo menos nunca se dio a conocer su derogación- que establece que para operatorias que impliquen descuento, quita o retención sobre los haberes del personal municipal -salvo para bienes de primera necesidad- debe existir un convenio entre el Departamento Ejecutivo y la entidad, no entre la entidad y el gremio como se da en este caso.
Además -y acá radica una importante imprecisión que se corresponde con lo mencionado en el párrafo anterior- el decreto en cuestión no especifica, como corresponde que lo haga, de qué tipo de acuerdo se trata, es decir qué es lo que el sindicato y la Cooperativa conveniaron ofrecerle a los afiliados: si créditos, bienes, servicios o alguna otra cuestión.
Hasta llegar a la firma del decreto por parte del intendente, el expediente pasó por tres áreas municipales: la dirección de Recursos Humanos, la Subsecretaría Legal y Técnica y la Secretaría de Economía y Finanzas. Todas ellas dieron el visto bueno.
Distintas fuentes consultadas por este diario, advirtieron que “hay que tener cuidado con este tema de los códigos porque muchas veces los disfrazan como bienes o servicios y en realidad se trata de créditos financieros”. En este sentido, experiencia en el municipio de Azul hay. Y no es otra que aquellos préstamos que los trabajadores afiliados al STMA sacaban, algunos de los cuales figuraban como Proveeduría o Ropa y Útiles. Por esto las fuentes apuntaron que es necesario tener cautela al otorgar, y de la manera en que se lo hizo, un nuevo código de descuento como el que se le autorizó a Varela el mes pasado.
Por lo pronto, el decreto en cuestión se encuentra en estos días en la Contaduría General del municipio donde está siendo evaluado por la contadora Adriana Guedes.
El decreto “a favor” del STMA
Según se desprende del decreto 203 -fechado el 3 de febrero y firmado por el intendente Inza y el secretario de Economía y Finanzas- el año pasado el STMA inició las actuaciones correspondientes solicitando la apertura de un código de descuento específico para retenciones en los haberes de sus afiliados con la denominación Cooperativa Credikot. El pedido fue realizado por el STMA a la Dirección de Recursos Humanos, área que solicitó dictamen a la Subsecretaría Legal y Técnica para que se determinen los requisitos legales para el otorgamiento de códigos de descuento.
Al tomar intervención esa Subsecretaría, dictaminó que el sindicato que estaba pidiendo el código de descuento debía presentar una serie de documentación. Y así lo hizo ante la Dirección de Recursos Humanos. Siguiendo los pasos administrativos, esa área la remitió nuevamente a la Subsecretaría Legal y Técnica, desde donde se determinó que el STMA cumplió lo solicitado y por lo tanto en ese momento debía tomar intervención la Secretaria de Economía y Finanzas.
Al hacerlo, el área a cargo de Daniel Mujica autorizó la apertura del nuevo código “que conforme lo informado por la Subdirección de Gestión de Sueldos, llevará el número 72406”.
De esta manera, el Intendente decretó textualmente: “Autorizase la apertura de un código de descuento a favor del Sindicato de Trabajadores Municipales de Azul, el cual llevará la denominación Cooperativa Credikot, el que podrá ser utilizado únicamente a través del convenio S.T.M.A. – Cooperativa Credikot”.
La situación de los otros sindicatos
En lo que hace a los otros gremios con representación en el municipio, la Asociación Trabajadores del Estado -ATE- no tiene asignado ningún código de descuento en este sentido -sólo el de la cuota sindical-. Según se indicó a este diario, nunca los solicitaron porque desde el gremio entienden que el de los códigos es un tema complejo y puede desvirtuarse.
El Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Azul –SOEMPA-, sí tiene códigos de descuento. El Ejecutivo le otorgó en su momento el de Proveeduría (que no necesita convenio entre municipio y comercios, ya que se trata de requerimientos de primera necesidad, como establece el Decreto 695/06) y el de la Mutual del gremio (que por estar conformada por integrantes del propio sindicato está comprendida en el mismo decreto del año 2006). Además, tiene autorizado el de la cuota sindical.
La realidad es que este nuevo código de descuento que ya fue autorizado por el intendente Inza está en estudio en la Contaduría General del municipio. Sólo resta saber qué decide la contadora Guedes; si le da curso o lo observa, como ya ha hecho con tantos decretos firmados por el jefe comunal.
UNA HISTORIA Y MUCHAS SUSPICACIAS
Cuando se habla de códigos de descuento, de operatorias financieras y se menciona a Omar Varela, es imposible no remitirse a la causa de los embargos sufridos por cientos de trabajadores comunales que terminó con la condena del dirigente sindical a cinco años de presión por varias estafas y otros casos de defraudación en perjuicio de empleados municipales afiliados a su gremio. Cabe recordar que, en diciembre de 2009, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Tandil juzgó y condenó a Varela a 6 años al encontrarlo responsable de treinta y nueve hechos de estafa y seis hechos de defraudación por retención indebida, en el marco de la causa que se había iniciado en 2002 por créditos que tomaron empleados comunales para el Sindicato de Trabajadores Municipales de Azul y que no fueron cancelados, lo que derivó en cientos de embargos que aún hoy pesan sobre los agentes municipales. La defensa de Varela interpuso inmediatamente un recurso en casación denunciando, entre otros puntos, la errónea aplicación de la ley de asociaciones sindicales.
Un año después, en diciembre de 2010, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena, pero esta vez a cinco años de prisión.
Pero el tema no quedó ahí, ya que esa condena también fue confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires el 26 de septiembre de 2012.
Varela y su entonces abogado, el doctor Alberto Daniel Piotti, presentaron un recurso extraordinario para que el fallo que lo condenó fuera revisado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero el 5 de junio de 2013, la Corte federal le rechazó el recurso. Desde ese día hasta hoy, no ha habido novedades al respecto. Lo que se sabe es que si queda firme la decisión, al gremialista no le quedará más alternativa que ir a prisión y cumplir la condena de 5 años que fue ratificada por diferentes instancias judiciales.
EL DECRETO VIGENTE
En el año 2006, cuando estaba en su apogeo la problemática de los embargos a cientos de trabajadores municipales por créditos solicitados a través del STMA que no habían sido pagados -pese a que mes a mes habían sido descontados de sus haberes- el entonces intendente Omar Duclós y el secretario de Hacienda Omar Norte, firmaron el Decreto Nº 695. En él pusieron límites a una serie de cuestiones como los porcentajes, descuento, retenciones o quitas sobre los haberes del personal municipal.
En este sentido, el artículo 1º de ese decreto que aún está vigente -al menos el Ejecutivo nunca informó su derogación- establece que la Secretaría de Hacienda sólo dará curso a descuentos en caso de “pago de cuotas, aportes periódicos o contribuciones, en su carácter de afiliados a asociaciones sindicales o de miembros de sociedades mutuales o cooperativas integradas o dirigidas exclusivamente por agentes de la administración comunal, así como pagos de bienes en los rubros de productos de alimentación, vestimenta, artículos o materiales para el hogar, servicios en salud, turismo y demás requerimientos de primera necesidad que adquieran los empleados por intermedio de dichas entidades”. También daría vía libre a “operatorias de préstamos personales con entidades bancarias oficiales, privadas y/o financieras que hayan suscripto convenio con el Departamento Ejecutivo”.


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