Los inquilinos sólo deberán pagar un mes de comisión a las inmobiliarias

Los inquilinos sólo deberán pagar un mes de comisión a las inmobiliarias

Un juez porteño declaró nula una resolución del colegio de martilleros que permitía cobrar más, en contra de una ley vigente; son 900.000 las personas que alquilan en la Capital

 

A Manuel Vargas le pareció "excesivo" el monto que debía pagarle a la inmobiliaria cuando firmó el contrato de alquiler, pero apremiado por el tiempo abonó los $ 11.000 de comisión que le pedían. Era una suma equivalente a dos cuotas mensuales. Pero luego se enteró de que, desde mayo, regía una medida cautelar que suspendía el cobro de ese monto y decidió reclamar. "Quiero que me reintegren parte del dinero. Me deberían haber pedido sólo un mes", se quejó el joven de 31 años, que aguarda una respuesta a su petición.

Ahora, un fallo judicial emitido en el mismo sentido de aquel amparo lo protege a Vargas y al resto de los 900.000 inquilinos que hay en la ciudad. El mismo juez que había ordenado que se dejara cautelarmente en suspenso el cobro de dos meses de comisión resolvió la cuestión de fondo a favor de los locatarios.

El titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 17 porteño, Marcelo Segón, resolvió que los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión a inquilinos y/o potenciales inquilinos de un inmueble con destino a vivienda única, un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato, tal cual lo establece el artículo 57 de la ley 2340.

El magistrado respaldó así una demanda promovida por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), y por la organización Inquilinos Agrupados contra el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Cucicba). Este organismo, que agrupa a 5500 martilleros, emitió una resolución en enero de este año que permitió que los matriculados percibieran por sus honorarios "entre uno y dos meses de alquiler", en abierta violación a la ley 2340 de 2007, que fija ese 4,15%: es el equivalente a una cuota mensual.

"El momento en el que tenés que arreglar un contrato sí o sí porque se te vence otro y hay que dejar la casa es terrible. Estás vulnerable. Y se aprovechan de eso", se lamentó Silvana Moreno, que no tiene otra salida que alquilar. No sólo tuvo siempre que abonar dos meses de comisión (casi el 10% del monto total de cada contrato, que dura dos años), sino que hasta le pidieron datos personales innecesarios.

María Sol le abonó $ 18.000 a una inmobiliaria en concepto de una comisión que violaba la ley, por un PH en Villa Urquiza. Cuando tuvo que reclamar por un problema estructural de la vivienda, el corredor le contestó que ya no administraba el inmueble. "Después de que realicé las denuncias ante el Cucicba y la Defensoría del Inquilino, me devolvió el monto que no correspondía, pero lamentablemente siempre las condiciones las ponen ellos. Hay que tener mucho dinero encima cuando alquilás", detalló la abogada, en diálogo con LA NACION.

Fallo

La sentencia del juez Segón declaró nula la resolución del Cucicba y le ordenó al organismo que vele por "el estricto cumplimiento" del artículo 57 de la ley 2340. El magistrado concedió 30 días para que, entre otras cosas, la entidad confeccione una estrategia de comunicación en la vía pública que informe sobre los montos máximos de cobro de comisión. De no cumplirlo, el Cucicba sería apercibido.

"Estamos conformes porque finalmente los locatarios son protegidos ante los abusos. Ojalá sirva como precedente para otras provincias. En Buenos Aires la comisión la deberían pagar el propietario y el locatario, mitad cada uno, pero se la cobran todo al inquilino", resaltó Gervasio Muñoz, representante de Inquilinos Agrupados, a LA NACION.

Respecto del fallo, Sebastián Pilo, codirector de la ACIJ, sostuvo: "Es un caso fundamental en tanto se ocupa de remover una barrera clave para el acceso a la vivienda de una enorme porción de la población, que actualmente se enfrenta a un mercado formal de alquileres cada vez más expulsivo y excluyente".

Consultado, el presidente del Cucicba, Héctor D'Odorico, dijo que se acatará la medida y que ya están "trabajando en la fiscalización de nuestros matriculados". Un operador inmobiliario, que prefirió no ser identificado, alertó: "Podría suceder que algunas inmobiliarias ya no quieran trabajar con alquileres de una mensualidad baja porque no serán rentables para cubrir los costos".

En el fallo, el magistrado abogó porque tampoco haya excesos en el cobro de los gastos administrativos. Cuando comenzó a regir la medida cautelar, algunas inmobiliarias empezaron a cobrar un mes de comisión pero, según Muñoz, "empezaron a suplir ese monto con un aumento en los costos de ciertos trámites". Y ejemplificó: "Por un pedido de informes en el registro de la propiedad, que sale $ 210, y la certificación de la firma ante escribano, que puede costar alrededor de $ 400, las inmobiliarias les cobraban a los inquilinos entre $ 5000 y $ 7000".

Leyes que regulan el sector

Ley 2340/2007. Creó el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad. El artículo 57 dispuso que el monto máximo de la comisión a cobrar al locatario será el equivalente al 4,15% del valor total del respectivo contrato (una cuota mensual)

Ley 3588/2010. Las inmobiliarias deben colocar en un lugar visible la transcripción de la normativa que establece el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino. De los 49 locales inspeccionados por el Ministerio Público de la Defensa porteño, 47 no cumplían la norma

Ley 5115/2014. Indica que los avisos de promoción de operaciones inmobiliarias publicados en cualquier medio deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas en la vivienda ofrecida

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