Todo está supeditado a que hoy, a primera hora ingrese un planteo de la Defensa y la Fiscalía anunciando un acuerdo para otorgar la “probation”, es decir la suspensión del juicio a prueba. Esta misma figura fue rechazada en 2010.
Los dos únicos imputados, José Llanos y Sergio Quinteros están acusados del delito de estafa. A Llanos se le imputan 51 hechos y a Quintero 27 hechos denunciados por los damnificados. Si Defensa y Fiscalía acuerdan la probation durante la mañana de hoy, el juicio que debería comenzar a la tarde quedaría suspendido. De cualquier modo, el Tribunal estará presidido por la juez Sara Alicia López Douglas e integrado por los jueces Carlos Nieto Ortiz y José Luis Magaquian, estos últimos del fuero civil.
Casi $1 millón
El hecho que se investiga se habría registrado, de acuerdo a las denuncias, entre 2008 y 2009. Los imputados ofrecían viviendas sociales y la suma que se habría recaudado con “esa venta” sería de casi un millón de pesos.
En la requisitoria fiscal de elevación a juicio Llanos figura sindicado como el presunto organizador de las estafas, en tanto que a Quinteros, se le atribuye el rol de partícipe primario.
La estrategia consistía en cobrar sumas de entre 30.000 y 50.000 por “adjudicaciones” de viviendas sociales construidas por el Estado provincial.
El expediente se originó a raíz de una denuncia radicada por la directora general de Despacho del Ministerio de Infraestructura de la Provincia, María Inés Frasca.
“Las víctimas reclamaban la entrega de una casa, diciendo que el dinero no les interesaba si tenían la vivienda, dado que ellos decían tener documentación oficial”, se puntualizó y también que “este tipo de operatoria y adjudicaciones, venía de larga data y que estarían en conocimiento de la misma, muchas personas”.
Probation rechazada
En septiembre de 2010, el juez de instrucción Mario Martínez rechazó un planteo de la defensa de Llanos, ejercida por el doctor Jorge Cáceres, para que se suspenda el juicio a prueba o probation.
Sin embargo, en un dictamen el Ministerio Público Fiscal consideró que “la reiteración delictiva, el involucramiento del Estado Provincial, la explotación de una necesidad importante para las víctimas, el volumen del daño patrimonial, su calidad de empleado público, la afectación de la imagen de la administración pública y la repercusión social de esta causa, son circunstancias de pena superior a los 3 años, cuya escala es de 1 mes a 36 años de prisión, por lo cual, existe una imposibilidad objetiva de que el cumplimiento de la futura pena, sea suspendida”.
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