Inhabilitaron al FPV para las elecciones a concejales de Madryn

El Tribunal Electoral Provincial resolvió, en votación dividida, no autorizar a la alianza Frente para la Victoria para que participe en las elecciones para la categoría concejales a realizarse el próximo 15 de septiembre en la ciudad de Puerto Madryn.
El argumento es que no se cumplió con el precepto de permitir “elegir y ser elegidos” en la selección de candidatos, tal como lo establece la ley de partidos políticos, y como la propia carta orgánica del PJ señala a las elecciones internas como método para nominar postulantes.

Ayer el órgano presidio por el Dr. Jean Loup Gerber trabajó intensamente durante todo el día hasta que en horas de la tarde dictaminó que no se les permitía la participación en los comicios al Frente para la Victoria, el nombre de fantasía que eligió la alianza conformada por el Partido Justicialista y el Partido Socialista Auténtico.

Le dieron la razón al argumento sostenido por el Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, rechazando la constitución de la alianza Frente para la Victoria, la diputada justicialista Raquel Di Perna, el juez de Rawson Carlos Tesi, el Procurador adjunto de la provincia, Guillermo Porras Hernández y el integrante del Superior Tribunal de Justicia, Daniel Rebagliatti Russel; mientras que el voto en contra fue del diputado kirchnerista Héctor Trotta.

Anoche, los apoderados del Frente para la Victoria trabajaban en la elaboración de un escrito que sería presentado el lunes a primera hora ante el Superior Tribunal de Justicia. La apelación de la resolución del Tribunal Electoral Provincial es la última instancia que tienen para buscar la habilitación a presentar candidatos, pero cabe señalar que el STJ hace 48 horas dijo que la competencia la tenía el órgano electoral provincial y podrían excusarse de resolver este planteo, lo que podría dejar firme la sorpresiva resolución dictada ayer por la tarde.

Vale mencionar también que en el Tribunal Electoral Municipal de Madryn se habían presentado dos litas del FPV, una encabezada por Jorge Andurell y la otra por Braulio Segundo, la cual respondía al dirigente Miguel “Cone” Díaz. Ninguna de las dos podrá participar de los comicios de septiembre, según el fallo de la víspera.

Uno de los puntos evaluados y que forman parte de la resolución es que de la lectura de la Carta Orgánica del Partido Justicialista indica en su artículo 58 bis que “para la determinación de candidaturas a cargos electivos del orden provincial y municipal se establece el sistema electoral de internas abiertas, en el que puedan votar todos los afiliados al Partido Justicialista del Chubut y los cuidadnos registrados en el padrón general de la provincia, exceptuándose de participar aquellos que estén registrados ante la justicia electoral y/o tribunal electoral municipal respecto como afiliados a cualquier otro partido político reconocido en los distritos electores provincial y/o municipal”.

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