A las 17 horas del día de ayer ingresó a la Legislatura bonaerense proyecto de ley que envió el Ejecutivo para modificar la Ley de Ministerios Nº 13.757 que “impulsa la escisión del Ministerio de Justicia y Seguridad”. El jueves ambas Cámaras tratarián el proyecto.
El texto aclara, que sea “sin perjuicio de que ambos Ministerios continuarán el trabajo conjunto e integrado que se ha ido consolidando durante la presente gestión de gobierno, con el convencimiento de que estas medidas nos posibilitarán estar más cerca de las demandas y necesidades de los ciudadanos”.
En su Artículo 1°, el proyecto sostiene “de conformidad con lo dispuesto por el artículo 147 y siguientes de la Constitución de la Provincia, el Poder Ejecutivo ejercerá su gestión administrativa con la asistencia de las carteras cuyas competencias se delimitan en la presente Ley estando, cada una de ellas, a cargo de un Ministro Secretario, sin perjuicio de las demás atribuciones que, en razón de la materia, se determinan para los demás organismos que prevé este cuerpo legal. Con arreglo a ello se establecen los siguientes Ministerios: Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Gobierno; Ministerio de Economía, Ministerio de Justicia; Ministerio de Seguridad, Ministerio de la Producción, ciencia y tecnología; Ministerio de Asuntos Agrarios; Ministerio de Salud; Ministerio de Infraestructura; Ministerio de Desarrollo Social y Ministerio de Trabajo.
En su Artículo 2° apunta a sustituir el artículo 18 de la Ley Nº 13757 y nombra las tareas que va a tener el Ministerio de Justicia, el cuál será comandado por Ricardo Casal.
“Le corresponde al Ministerio de Justicia asistir al Gobernador de la Provincia en la determinación de la política en materia judicial, la relación con el Poder Judicial, el aseguramiento del ejercicio pleno de los principios, derechos y garantías constitucionales, y del régimen institucional de las entidades profesionales”, sostiene el proyecto.
Entre esas tareas se encuentran:
1. Proponer, elaborar y coordinar las políticas provinciales en materia de justicia, procedimientos judiciales y medios alternativos de resolución de conflictos, de organización e infraestructura del Poder Judicial y del Ministerio Público.
2. Mantener la relación con el Consejo de la Magistratura Provincial y la elevación de las propuestas para la designación de magistrados y funcionarios que requieran de acuerdo legislativo.
3. Ejecutar y coordinar las políticas relacionadas con las personas jurídicas, ejerciendo el control sobre las actividades de sociedades y asociaciones.
4. Organizar, dirigir y supervisar el régimen del servicio penitenciario y patronato de liberados, interviniendo en todas las cuestiones relacionadas con los sistemas carcelarios, registros de reincidentes, régimen de liberados, amnistías y conmutación de penas.
En su Artículo 3°, destaca incorporar como artículo 19 de la Ley Nº 13757 al Ministerio de Seguridad, que será conducido por el intendente de Ezeiza, Alejandro Grandos.
“Le corresponde al Ministerio de Seguridad asistir al Gobernador de la Provincia en la planificación y fijación de políticas en materia de seguridad pública, dirigiendo y coordinado su ejecución”, esboza el texto.
Entre los puntos más destacables para las tareas de esta cartera, se encuentran:
1. Organizar y dirigir las policías de la provincia de Buenos Aires, el sistema de defensa civil y la actividad de las agencias de seguridad privada.
2. Coordinar las relaciones entre las policías y la comunidad.
3. Participar en los planes, proyectos y programas en materia de catástrofes y accidentes, en coordinación con otros organismos nacionales, provinciales y municipales.
4. Coordinar y dirigir el sistema de comunicaciones al servicio de la seguridad pública.
5. Planificar, ejecutar y fiscalizar la ejecución de las acciones de inteligencia, de seguridad y policial que fueren conducentes a la prevención y represión del delito.

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